SCJN ratifica condena contra productor Luis de Llano por abuso sexual

| 14:29 | Ricardo Rivera | Uno TV
Luis de Llano dice ser víctima de “infames injurias”; Sasha Sokol reacciona
Luis de Llano y Sasha Sokol mantienen la polémica. Foto: Cuartoscuro

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó el amparo solicitado por el productor Luis de Llano Macedo y ratificó la sentencia que lo obliga a indemnizar a la cantante Sasha Sokol por abuso sexual, ocurrido cuando ella tenía 14 años y él 40.

Por unanimidad, las y los ministros de la Primera Sala aprobaron el proyecto presentado por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, que determinó que el daño sigue vigente a más de 35 años de los hechos. Según el fallo, no debe aplicarse la prescripción en casos de violencia sexual contra menores, ya que afectaría el acceso a la justicia y el derecho a vivir sin violencia.

La resolución se basa en peritajes psicológicos que confirmaron que la afectación emocional persiste, acreditando así una transgresión a la integridad moral de la víctima. Este criterio fue clave para mantener firme la sentencia dictada por la Séptima Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, la cual condenó a De Llano al pago de una indemnización.

La SCJN señaló que permitir la prescripción en este tipo de casos vulneraría derechos fundamentales como la libertad sexual, la integridad personal y la posibilidad de acceder a la justicia. Con esta decisión, el Alto Tribunal sentó un precedente en materia de reparación civil por violencia sexual infantil, al establecer que el daño puede continuar produciéndose con el paso del tiempo.

Corte analiza caso y sienta precedente

Días atrás, el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo propuso a la Primera Sala de la Corte ratificar la condena civil impuesta al productor por abuso sexual, mediante una votación.

De esta manera, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sentó un precedente en materia de reparación del daño en ámbito civil, al establecer que víctimas que sufrieron violencia sexual, cuando eran menores de edad, pueden acceder a una indemnización de forma imprescriptible.

El proyecto del ministro Pardo Rebolledo detallaba que, de acuerdo con la pericial psicológica, en la actualidad el daño se sigue produciendo: La “afectación psicológica seguía vigente, de forma que hubo una transgresión a la integridad moral, a pesar de que habían transcurrido más de treinta y cinco años”

Además, detalla que el quejoso era el productor de la agrupación musical de la cual era integrante la cantante, por lo que, al tener un nivel jerárquico superior, normalizó la “relación sentimental”; además del hecho que al “expresarse abiertamente en medios de difusión sin reserva de la discrecionalidad, continuó lesionando psicológicamente a la actora”, señala un documento.