Emplacarán servicio de carretillas en la Central de Abasto

Notimex México 25-07-2014 11:35

El servicio se divide en público y en privado.

Con el fin de regular la operación y funcionamiento de las carretillas en la Central de Abasto del Distrito Federal (Ceda), el Gobierno capitalino emitió las normas para la prestación de este servicio de carga, descarga y acarreo.

La Coordinación General de la Central organizará, supervisará y vigilará el servicio de carga en carretilla; otorgará y actualizará las autorizaciones para la prestación de este trabajo a las personas físicas o morales; y llevará a cabo el emplacamiento de las carretillas, entre otras.

El servicio de carga en carretilla se divide en público y privado, el primero es el que mediante autorización permite a la persona ofertar su trabajo a participantes y usuarios dentro de la central.

El servicio privado es el que autoriza a un participante o permisionario a contar con carretillas, únicamente para la movilidad y acarreo de su mercancía y productos dentro de sus bodegas y locales o como un servicio a sus clientes.

Las autorizaciones tendrán una vigencia de seis años prorrogable por periodos iguales; sólo se otorgarán estos permisos cuando exista la necesidad insatisfecha en la prestación del servicio de carga en carretilla, en función de la demanda real y técnicamente valorado por la coordinación.

Se otorgarán credenciales de carretillero por un año a mexicanos mayores de 18 años de edad que se encuentren en uso de sus facultades mentales, que no sean afectos al consumo de drogas o bebidas embriagantes; éstos podrán trabajar sólo con un “autorizado”, que es la persona física o moral con permiso para ofrecer este servicio.

La coordinación podrá otorgar la credencial a menores de edad, sólo con el consentimiento por escrito de los padres o tutores, siempre y cuando sean mayores de 16 años y se cumplan las disposiciones contenidas en la Ley Federal del Trabajo.

Las carretillas deberán portan su placa, que será de color blanco cuando son del servicio de carga público y amarillo para el privado, y la coordinación supervisará y retirará las carretillas que no cuenten con la matrícula autorizada.

Con estas normas se crea la Comisión del Servicio de Carga Público, con el fin de representar los intereses del sector carretillero frente a terceros y autoridades, así como emitir opiniones relacionadas con las controversias que se susciten en la prestación de este servicio.

Las carretillas serán retiradas de circulación cuando el carretillero no cuente con la credencial expedida por la Coordinación General de la Ceda; por prestar el servicio de carga sin la placa correspondiente; por obstruir las áreas comunes; por dejar olvidada en la circulación la carretilla, y cuando por negligencia causen accidentes y daños a terceros.

La coordinación sancionará con la revocación de la credencial de carretillero al que acumule más de tres infracciones, tales como provocar lesiones realizando el servicio; conducir carretillas en mal estado; trabajar bajo el influjo de alguna droga y/o bebidas embriagantes; y cargar la carretilla con un peso mayor a 400 kilogramos.

Con estas normas se derogan las Bases, Acuerdos y Lineamientos para la Modernización, Regulación y Reordenamiento del Sector Carretillero de la Central de Abasto.