IFAI ordena informar sobre averiguaciones por casos de desaparecidos

Nacional Notimex Ciudad de México 25/04/2015 16:52

El IFAI avaló la moción. Foto: Cuartoscuro / Archivo

El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) deberá informar cuántas averiguaciones previas se han iniciado por los casos inscritos en el Registro Nacional de Personas Extraviadas o Desaparecidas.

De acuerdo con la resolución del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI), aprobada el pasado miércoles, el Sistema Nacional también deberá informar cuántos de los casos de personas desaparecidas o extraviadas tienen acta circunstanciada y cuántos carecen tanto de averiguación como de acta.

La comisionada María Patricia Kurczyn Villalobos, quien presentó el proyecto de resolución, explicó que el SESNSP respondió a un solicitante que la información no existía y le recomendó solicitarla en las procuradurías General de la República (PGR) y de los estados.

El secretariado argumentaba que el registro que ellos manejan sólo cuenta con datos sobre sexo, edad, nacionalidad, localidad, municipio, entidad federativa en donde se originó el extravío o desaparición, origen étnico, y si se trata de personas con alguna discapacidad.

Sin embargo, Kurczyn Villalobos recordó que toda autoridad administrativa o judicial está obligada a reportar ante el Registro Nacional de Personas Extraviadas o Desaparecidas de los casos en la materia de que tengan conocimiento o reciban denuncia.

Además la Ley del Registro Nacional de Personas Extraviadas o Desaparecidas establece que las comunicaciones que envíen las dependencias para notificar dichos casos deben contener el número de expediente o averiguación previa de haberse iniciado.

Por ello, Kurczyn Villalobos consideró que el Sistema Nacional de Seguridad Pública debe tener la información solicitada y entregarla, moción que fue avalada por el Pleno del IFAI.

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