Emiten regulación para el uso de drones en México

Contiene las leyes, reglamentos, normas federales y locales. Foto: Cuartoscuro

La Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) de la SCT emitió la circular CO AV-23/10 R2, la cual menciona las condiciones que los operadores deberán acatar para manipular aeronaves no tripuladas o drones.

El organismo señaló que lo anterior tiene como objetivo afianzar la regulación del uso de los Sistemas de Aeronave Pilotada a Distancia (RPAS, por sus siglas en inglés), mejor conocidos como drones, de forma segura, armonizada y fluida.

En un comunicado de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), indicó que el documento contiene las limitaciones, leyes, reglamentos, normas federales y locales, que deben seguir los operadores en tierra, sean personas físicas o morales, y disponer de una normatividad comparable a la de las operaciones de aeronaves tripuladas.

  • Explicó que se divide en dos vertientes: por el peso de las aeronaves y por su uso, ya sea recreativo o comercial.
  • En el primer caso, se clasifican en tres categorías: de dos kilogramos (kg) o menos (RPAS Micro); más de dos kg y hasta 25 kg (RPAS Ligero), y de 25 kg en adelante (RPAS Pesado).
  • Cuando su uso sea recreativo y tenga un peso de 2 kilogramos, solo podrán usarse en clubes de aeromodelismo y no exceder los 161 kilómetros por hora (km/hr).
  • La circular subraya que en caso de ser de uso comercial, con peso superior a 25 kg, sólo podrán volar en los términos y condiciones permitidos, además de que la persona que lo manipule deberá contar con una autorización de operación
  • Establece también que los drones podrán ser operados en áreas que no estén clasificadas como prohibidas, restringidas o peligrosas, y únicamente durante el día.
  • Sin importar el motivo, no podrán dejar caer y/o aventar objeto o material que pueda lesionar a personas o propiedades.
  • El operador de RPAS en cualquier categoría o tipo de uso que desee efectuar operaciones fuera de los requerimientos y limitaciones indicadas, deberá realizar su solicitud a la aprobación de la autoridad aeronáutica.

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