Presidencia, TSJCM y CNDH impugnan en SCJN Constitución de CDMX

Foto: Cuartosuro

Por considerar que la recién aprobada Constitución capitalina es contraria a la ley suprema del país, la Procuraduría General de la República (PGR), la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México (TSJCM) y la Presidencia de la República impugnaron, por separado, el nuevo marco jurídico local ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

  • El TSJCM señaló que los artículos 35 y 37 de la Constitución capitalina violan la autonomía e independencia del Poder Judicial capitalino.
  • La PGR demandó la invalidez de 39 ordenamientos; mientras que la Presidencia impugnó más de 10 artículos bajo el argumento invaden atribuciones.

Al respecto, el coordinador del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN) en la Asamblea Constituyente de la CDMX, Santiago Creel Miranda, hizo un llamado a respetar la Constitución capitalina, a la que calificó como humanista, garantista, democrática y solidaria.

"Después de muchas décadas, de innumerables esfuerzos cívicos y políticos, se promulgo la primera Constitución del siglo XXI en nuestro país". Santiago Creel

En tanto que Alejandro Encinas, quien presidió la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México, señaló que la Asamblea Legislativa local ahora es la responsable de defender la Constitución Política ante los recursos interpuestos en el máximo tribunal del país.

"No veo ninguna contradicción que afecte la autonomía del Poder Judicial: todos los poderes, Ejecutivo, Legislativo y Judicial, están sujetos a instrumentos de control político parlamentario". Alejandro Encinas

Estas controversias se suman a las presentadas por los partidos políticos Morena y Nueva Alianza; así como al amparo presentado por el jurista Javier Quijano.

Algunos de los puntos controvertidos:

  1. A la carta magna capitalina se le dejó abierta la convencionalidad que dicten los tratados internacionales firmados por México, con lo cual se estarían invadiendo atribuciones del Congreso de la Unión.
  2. En materia electoral, la revocación de mandato y los preceptos para la nulidad de la elección.

Por lo pronto, el máximo tribunal del país tendrá que admitir los recursos para su análisis y posteriormente definir a quién notificar, pues el constituyente local se extinguió en funciones, por lo que las comunicaciones se canalizarían a la Asamblea Legislativa o bien al propio jefe de Gobierno capitalino, Miguel Ángel Mancera.

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