Multa por desperdiciar agua en Sábado de Gloria en CDMX; ¿qué otras restricciones habrá?

La Semana Santa en la Ciudad de México es un momento para reencontrarse con las tradiciones, la fe y la comunidad. En barrios y pueblos originarios, las procesiones, representaciones religiosas y visitas a templos el Viernes Santo, Sábado de Gloria y Domingo de Resurrección, reúnen cada año a miles de personas que buscan celebrar de forma espiritual y respetuosa.
Además, al tratarse de un periodo de descanso para estudiantes y trabajadores de diversos sectores, también es común que se aproveche para convivencias y actividades al aire libre. Sin embargo, en muchas de estas celebraciones se han arraigado prácticas que han motivado a las autoridades capitalinas a establecer lineamientos claros para cuidar la seguridad y la sana convivencia.
Desperdicio de agua en Sábado de Gloria, la principal restricción
Una de las prácticas más comunes durante esta época —y también una de las más señaladas por autoridades— es el desperdicio de agua en el Sábado de Gloria.
Aunque para muchas personas representa una tradición popular, lanzar cubetadas o globos de agua en la vía pública está estrictamente prohibido.
Esta restricción tiene como base el artículo 29, fracción VIII de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, y responde a la necesidad de proteger el abasto de agua potable en una ciudad donde este recurso es cada vez más escaso.
Sanción:
- Multa de 21 a 40 UMAS (hasta 4 mil 525 pesos en 2025)
- O arresto de hasta 36 horas
¿Qué otras actividades están prohibidas en Semana Santa?
Además del desperdicio de agua, las autoridades capitalinas informaron sobre otras conductas que no están permitidas durante las celebraciones religiosas:
Consumo y venta de alcohol en la vía pública
Queda prohibido ingerir, vender o distribuir bebidas alcohólicas en espacios públicos no autorizados, eso quiere decir que los puestos de micheladas y azulitos están en el radar de las autoridades.
Esta medida busca prevenir incidentes relacionados con el exceso de alcohol y fomentar una convivencia pacífica. Las autoridades también vigilarán que no se instalen puestos informales con venta de alcohol.
Sanción:
- Multa de hasta 25 UMAS (hasta 2 mil 828 pesos)
- O arresto de hasta 36 horas
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Uso de juegos pirotécnicos y fogatas
No se permite encender cohetes, bombas, fogatas o artefactos similares sin autorización.
Aunque suelen comprarse con fines festivos, el mal uso de estos productos puede provocar incendios, lesiones graves y contaminación auditiva, especialmente en zonas con alta concentración de personas.
Sanción:
- Multa de hasta 21 UMAS (hasta 2 mil 376 pesos)
- O arresto de hasta 24 horas
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Portación de armas de fuego
Portar armas en procesiones, actos religiosos o espacios públicos está prohibido. Esta norma refuerza la necesidad de garantizar un entorno libre de violencia.
Sanción:
- Detención inmediata
- Puesta a disposición de autoridades federales (según Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos)