¿Puedes circular con vidrios polarizados en CDMX? Así se tramita el permiso legal

En la Ciudad de México existen restricciones para los automovilistas que desean circular con vidrios polarizados, debido a que únicamente se permite un nivel que no reduzca más del 20 % de la visibilidad de luz, es decir, debe dejar pasar al menos el 70 % de luminosidad.
Sin embargo, si deseas instalar una película más oscura, deberás contar con un permiso especial otorgado por la Secretaría de Movilidad (Semovi), el cual se tramita de manera presencial y sólo bajo circunstancias específicas.
¿Se puede circular en CDMX con vidrios polarizados?
De acuerdo con el Artículo 43 del Reglamento de Tránsito de la CDMX, está prohibido modificar los vidrios del vehículo con películas u oscurecimientos no autorizados.
Circular con vidrios que excedan los límites de polarización permitidos puede generar una multa de 20 a 30 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalente a entre 2 mil 262 y 3 mil 394 pesos, además de la remisión del vehículo al depósito en caso de reincidencia.
Sólo se permiten excepciones médicas justificadas, que deben estar acreditadas ante la autoridad competente.
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Así puedes tramitar el permiso para circular con vidrios más oscuros
El permiso de polarizados sólo puede solicitarse por motivos médicos, y debe tramitarse de forma presencial en las oficinas de Semovi o los módulos designados.
Requisitos principales:
- Identificación oficial vigente
- Tarjeta de circulación del vehículo
- Certificado médico que acredite la necesidad de protección visual o dérmica ante la exposición solar
- Comprobante de domicilio en la CDMX
- Formato de solicitud proporcionado por Semovi
Una vez entregados los documentos, las autoridades revisan la justificación médica y, en caso de aprobación, emiten un permiso registrado en la tarjeta de circulación, que autoriza el uso de vidrios con mayor nivel de oscurecimiento.
Nivel permitido para vidrios polarizados
Actualmente, el nivel máximo permitido en la capital es del 30 % de opacidad en los cristales laterales delanteros y traseros, mientras que el parabrisas debe conservar una visibilidad superior al 70 %.
De no cumplir con estas condiciones, los conductores pueden ser sancionados por infringir las disposiciones del Reglamento de Tránsito.
Para más información sobre requisitos y módulos de atención, la Semovi mantiene disponible el trámite en el portal oficial de la Ciudad de México: cdmx.gob.mx.
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