¿Insultos o menosprecios por tu orientación sexual? Conoce el protocolo de la policía CDMX para el trato de la comunidad LGBTTTI+

En la CDMX, exhortan a los elementos de la policía brindar un trato respetuoso y digno a personas de la comunidad LGBTTTI+.
La CDMX fue declarada como la Ciudad Amigable LGBTTTI+. Foto: Shutterstock.

El 23 de noviembre de 2015, la Ciudad de México fue declarada como la Ciudad Amigable LGBTTTI+, que tiene como objetivo garantizar el pleno ejercicio de los derechos humanos, en su defensa y consolidación de los derechos de la comunidad lésbico, gay, bisexual, transexual, trasvesti, transgénero e intersexual, en la aplicación de políticas públicas, la seguridad jurídica, el acceso a la justicia y al debido proceso. 

En ese sentido, en 2018, el Gobierno de la capital de la República publicó el “Protocolo de Actuación Policial de la Secretaría de Seguridad Ciudadana para preservar los Derechos Humanos de las personas que pertenezcan a la población LGBTTTI+“, para que brinden un trato respetuoso y digno a las personas de la diversidad sexual. 

¿Qué es el Protocolo de Actuación Policial de la Secretaría de Seguridad Ciudadana?

Como lo señala el Gobierno de la Ciudad de México, es un instrumento que exhorta al personal de la SSC a brindar trato respetuoso y digno a personas de la diversidad sexual y de género víctimas o detenidas. 

Establece principios rectores para el respeto de sus derechos humanos con el objetivo de: 

  • Prevenir y eliminar la discriminación por su orientación sexual, identidad y/o expresión de género en la actuación policial 
  • Evitar la criminalización de sus identidades 
  • Impulsar una cultura de paz, no violencia, inclusión y accesibilidad 

Promueve prácticas como: 

  • Uso correcto del lenguaje, de acuerdo al género e identidad de las personas LGBTTTI+ 
  • Realizar la revisión preventiva respetando la orientación sexual o identidad de género de la persona detenida 

¿Cómo debe actuar la policía con las personas LGBTTTI+ ante algún delito o infracción?

En todo acto de detención de personas LGBTTTI+, los elementos de la policía deben: 

  • Identificarse como policía 
  • Informar las causas de la detención y sus derechos 
  • Llevar a la persona sin demora a disposición de la autoridad competente 
  • Dirigirse a la persona detenida en femenino o masculino, de acuerdo a su identidad y/o expresión de género 
  • Procurar que la revisión preventiva la realice personal del género con que se identifique la persona detenida 
  • Recolectar, embalar y resguardar los objetos relacionados con la investigación de los delitos o infracciones 
  • Poner a disposición de la autoridad sin dilación, privilegiando las áreas especializadas para la atención de personas LGBTTTI+ 

Lo que no debe hacer la policía en todo acto de detención: 

  • Insultar, menospreciar o usar términos calificativos, discriminatorios o degradantes relacionados con su orientación sexual, identidad o expresión de género o cualquier que atente contra la dignidad de la persona 
  • Difundir fotos de la persona o personas detenidas  
  • Poner en una situación de vulnerabilidad la protección de su integridad personal, su honor, intimidad e imagen 

Importante. Si por las circunstancias se requiere aplicar el uso de la fuerza, debe ser bajo los principios de legalidad, racionalidad, congruencia, oportunidad y proporcionalidad. 

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