Reglamento de tránsito CDMX: por estas razones tu auto se podrá ir al corralón

El Gobierno de Ciudad de México informó que el jueves 31 de marzo se publicaron en la Gaceta Oficial las modificaciones al Reglamento de Tránsito, mismas que entrarán en vigor a partir de este lunes 4 de abril y que contemplan, entre otras cosas, nuevas disposiciones para remitir un automóvil al corralón.

Dichas modificaciones establecen que sólo se usará grúa para remitir el vehículo al corralón (siempre y cuando no se encuentre el conductor a bordo o se negase a retirarlo) cuando este se encuentre estacionado en:

  • Vías con señalamiento restrictivo.
  • Espacios para servicios especiales como frentes hidrantes, servicios y rampas.
  • Cajones de estacionamiento para personas con discapacidad.
  • O bien, por participar en arrancones.

Los automóviles también podrán ser remitidos al corralón por estar estacionados a 100 metros de una curva o cima sin visibilidad, a seis metros de la entrada de una estación de bomberos o vehículos de emergencia, y a 10 metros de cualquier cruce de vía férrea.

Cabe recordar que las sanciones contempladas en el Reglamento de Tránsito sólo serán impuestas a los infractores por agentes autorizados para infraccionar; en tanto que las infracciones captadas a través de sistemas tecnológicos de la ciudad consistirán en amonestaciones, cursos en línea, taller de sensibilización presencial y trabajo en favor de la comunidad.

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