¡Hasta 25 años de cárcel! Delito de despojo en Edomex: hoy entran en vigor nuevas sanciones

| 11:33 | Lidia Rivera | UnoTV
Penas por despojo se aplicarán, aunque posesión tenga disputa.
Penas por despojo se aplicarán, aunque posesión tenga disputa. Foto: FiscalíaEdomex

A partir de este miércoles 16 de julio, entran en vigor las nuevas sanciones por el delito de despojo en el Estado de México (Edomex), con penas que alcanzan hasta 25 años de prisión y hasta mil 500 días de multa, según lo estipulado en las reformas publicadas en la Gaceta de Gobierno.

El Código Penal mexiquense fue modificado para ampliar las responsabilidades legales, tanto a quienes invadan inmuebles como a autores intelectuales y servidores públicos que participen en estos hechos.

La modificación convierte este delito en grave, lo que implica que no se permite la libertad bajo fianza y las personas detenidas deberán enfrentar su proceso judicial desde prisión preventiva.

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Las penas por el delito de despojo en el Edomex

Las reformas también incorporan nuevas circunstancias agravantes, entre ellas la participación de autoridades públicas, uso de violencia, engaño o documentación falsa, así como la condición de vulnerabilidad de las víctimas. Las penas por ocupación ilegal de predios pueden variar entre 10 y 17 años de prisión si hay autoría intelectual, participación de más de una persona, o si el predio está en disputa judicial.

Sanciones por despojo de aguas

Además, el decreto incluye otras variantes del despojo, como el uso sin autorización de cuerpos de agua, donde las penas van de 5 a 10 años de prisión. Si la afectación ocurre en áreas naturales protegidas, el castigo oscila entre 7 y 12 años, con multas de 700 y hasta 1000 días.

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También se incrementan las penas hasta en una mitad adicional cuando el delito ocurre con violencia física, se rompe la seguridad del inmueble, o cuando las víctimas son personas mayores, menores de edad, mujeres embarazadas o miembros de comunidades indígenas.

Las nuevas disposiciones aclaran que no se exime de responsabilidad penal aun cuando exista duda o disputa sobre el derecho de posesión del inmueble. Además, se advierte que el uso de notarios, falsificación de escrituras o registro irregular también serán considerados como agravantes.

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