¡Amor es amor! Aprueban matrimonio igualitario en Jalisco y establecen sanciones a terapias de conversión

También se aprobaron sanciones a quienes realicen terapias de conversión y una actualización a la Ley del Registro Civil. Foto: Uno TV

Durante la madrugada de este jueves, legisladores aprobaron el matrimonio igualitario en Jalisco, luego de que la propuesta estuviera en “la congeladora” desde hace tiempo, así como sanciones a quienes realicen terapias de conversión y una actualización a la Ley del Registro Civil en la entidad.

“En un ejercicio de sensibilidad política, igualdad, respeto a las garantías individuales, inclusión y atención a las necesidades sociales, en sesión de Pleno, que preside la diputada Priscilla Franco Barba, los legisladores de Jalisco aprobaron cambios a la normatividad vigente en favor de la comunidad LGBTQ+”.

Detalló el Congreso de Jalisco a través de un comunicado

Legisladores aprueban matrimonio igualitario y otras reformas: ¿qué es lo que se sabe?

Durante la sesión y con el objetivo de terminar con la discriminación, se adicionó el artículo 202 Ter al Código Penal para el Estado, con el objeto de sancionar multa de 50 a 300 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización o de 30 a 100 jornadas de trabajo en favor de la comunidad a las personas que promuevan, apliquen o financien cualquier tipo de tratamiento, terapia o práctica para modificar, reorientar o anular la orientación sexual de una persona.

De la misma manera, el Congreso de Jalisco agregó que los legisladores reformaron los artículos 258, 260 y 267 Bis del Código Civil, que establece “la posibilidad de que dos personas se unan libremente en comunidad con respeto, ayuda mutua e igualdad de derechos y obligaciones. Lo anterior, de conformidad a lo que señala la Acción de Inconstitucionalidad 28/2015, en la cual se reconoce el derecho a establecer un vínculo familiar a personas del mismo sexo”.

Finalmente, y en este mismo sentido, se dio a conocer la actualización a la Ley del Registro Civil de Jalisco, para reconocer la prerrogativa que tienen las personas transexuales a la identidad de género; con ello, se faculta a los oficiales del Registro a levantar una nueva acta de nacimiento previa anotación correspondiente en el acta de nacimiento primigenia, a las personas mayores de edad que así lo soliciten.

“Cabe destacar que la modificación a la legislación vigente prevé que al expedir una nueva acta no se extinguen derechos ni obligaciones civiles, penales, laborales o administrativas contraídas con anterioridad al proceso”.

Destacó el Congreso tras la aprobación de los matrimonios igualitarios en Jalisco.

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