¡Póntelo! Uso obligatorio de cubrebocas regresa a Tabasco

CUBREBOCAS TABASCO
Tabasco ha reinstaurado el uso de cubrebocas en ciertos casos ante el alza de COVID. Foto: Cuartoscuro/Archivo

Debido al incremento de casos de COVID-19 en México, ante la quinta ola, por Decreto, a partir de este jueves 7 de julio el estado de Tabasco reinstauró el uso del cubrebocas en ciertas circunstancias, a fin de evitar que el coronavirus se siga extendiendo en la entidad.

¿Cómo queda el uso de cubrebocas en Tabasco?

  • En establecimientos y espacios cerrados
  • En espacios abiertos con afluencia de 300 personas o más
  • En el transporte público por parte de usuarios, choferes y todos los prestadores de servicio

Medidas sanitarias actualizadas en Tabasco

El Decreto publicado esta semana en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco indica que los establecimientos que permanezcan abiertos deberán cumplir en todo momento con la implementación de las medidas sanitarias preventivas.

Establecimientos

  • Uso obligatorio de mascarillas (cubrebocas) o caretas para los empleados y colaboradores
  • Instalar dispensadores de soluciones a base de alcohol gel al 70%, en las entradas y salidas de espacios públicos cerrados
  • Desinfectar las superficies constantemente durante la jornada de trabajo, así como los carritos o equipos que se utilizan para realizar las compras o prestar servicios, en establecimientos y tiendas de autoservicio
  • Los empleados deben lavarse las manos con agua y jabón periódicamente o bien usar soluciones a base de alcohol gel al 70%, al tocar áreas de uso corriente
  • Realizar preferentemente cobros mediante tarjetas, evitando en la medida de lo posible el uso de dinero en efectivo
  • Supervisar que los empleados y colaboradores observen las medidas de higiene y seguridad
  • Mantener la higiene adecuada de los entornos, en caso de ser posible, ventilarlos
  • Evitar las aglomeraciones de personas
  • Limpiar y desinfectar continuamente los servidos sanitarios

Espacios públicos

  • En los espacios públicos de alta afluencia o concentración de personas se implementarán las medidas preventivas para evitar la propagación del COVID-19 descritas en el Decreto
  • Uso obligatorio de mascarillas (cubrebocas) en espacios abiertos cuando la afluencia de población sea de 300 personas o más
  • Limpiar las instalaciones en general (con agua, jabón y solución desinfectante)
  • Limpiar y desinfectar continuamente los servicios sanitarios

Personas

  • Las personas deberán implementar en todo momento las medidas básicas de higiene y seguridad, descritas a continuación:
  • Uso obligatorio de mascarillas (cubrebocas) o caretas en los establecimientos que se encuentren operando y en espacios cerrados, así como en espacios abiertos cuando la afluencia de personas sea de 300 personas o más
  • Uso obligatorio de mascarillas (cubrebocas) o caretas, para los usuarios, choferes y prestadores de servido público de transportes
  • Lavado de manos con agua y jabón frecuente o el uso de aplicación de gel antibacterial a base alcohol gel al 70%
  • Usar el estornudo de etiqueta. Cubrirse la nariz y la boca con un pañuelo desechable o con el ángulo interno del brazo al toser o estornudar
  • No escupir en el suelo, si es necesario, hacerlo en un pañuelo desechable, tirarlo a la basura y lavarse las manos

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