¡Cierra la llave! Multa de hasta 51 mil pesos por desperdiciar agua en Tamaulipas

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En Tamaulipas hay problemas con el abasto de agua. Foto: Cuartoscuro / Archivo

En Tamaulipas presentaron el Semáforo del Cuidado del Agua, el cual es para hacer consciente a la población sobre la importancia del vital líquido, además, contempla multas desde 518 pesos hasta 51 mil pesos, en caso de no respetar la nueva normativa, lo anterior, dependiente de la infracción, según la Ley de Aguas de la entidad. A continuación, te presentamos las diversas sanciones si haces mal uso.

Presentan Semáforo del Cuidado del Agua en Tamaulipas

El día de ayer, la Dirección General de la Comisión Estatal del Agua de Tamaulipas, realizó la presentación del Semáforo del Cuidado del Agua.

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El Semáforo del Cuidado del Agua en Tamaulipas, explicó, se determinará a través del monitor de sequía, con el que se establecerá un color, de acuerdo a la disponibilidad de agua por municipio y se publicará la serie de medidas que se habrá de adoptar de acuerdo al color, ya sea verde, amarillo o rojo, explicó el Gobierno de la entidad mediante un comunicado.

Colores del semáforo

  • El verde indicará la disponibilidad de agua suficiente y sin riesgo para las actividades de los usuarios de los servicios públicos.
  • El amarillo indicará el nivel medio del suministro y se señalará la forma moderada que habrá de utilizarse y compromete algunas actividades de los usuarios de los servicios públicos.
  • Rojo, el cual indicará la disponibilidad de agua escasa que pone en riesgo o restringe algunas actividades de los usuarios públicos.

“Actualmente, la entidad tiene conflictos con la disponibilidad de agua superficial y subterránea, pero, además, el pronóstico para este año, es de una sequía severa, por ello la importancia de fomentar el cuidado del agua”, explicó el Gobierno de la entidad.

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Multas por mal uso de agua

La Ley de Aguas, en su última actualización, septiembre de 2022, menciona, en su artículo 191, que si realizas algunas de las siguientes acciones serás acreedor de una multa:

  • I.-Las personas que instalen en forma clandestina conexiones en cualquiera de las instalaciones del sistema, así como las que las instalen sin apegarse a los requisitos que se establecen en la presente ley.
  • II.-Las personas que en cualquier caso proporcionen servicios de agua potable en forma distinta a la que señala esta ley.
  • III.-Los propietarios o poseedores de predios que impidan el examen de los aparatos medidores o la práctica de las visitas de inspección.
  • IV.-Las personas que en cualquier caso y sin autorización, por sí o por interpósita persona ejecuten derivaciones de agua potable y conexiones al alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales.
  • V.-Las personas que causen desperfectos a un aparato medidor o violen los sellos del mismo
  • VI.-Los usuarios que por cualquier medio alteren el consumo marcado por los medidores
  • VII.-El que por sí o por interpósita persona retire un medidor sin estar autorizado, varíe su colocación de manera transitoria o definitiva.

Lo anterior, son algunas de las razones por lo que podrías ser acreedor a una multa, por ello, haciendo referencia a dicha ley en su artículo 192 se estipula lo siguiente:

Las infracciones a que se refiere el artículo anterior (191) serán sancionadas administrativamente por el Ayuntamiento, por los organismos operadores y, en su caso, por la Comisión:

  • I. Con multa por el equivalente de cinco a cincuenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, tratándose de lo dispuesto en las fracciones I, II, VI, VII, VIII, IX, y XV;
  • II. Con multa por el equivalente de cinco a veinte veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, tratándose de lo dispuesto en las fracciones IV, XI, XII, XIII, XIV y XVII;
  • III. Con multa por el equivalente de cinco a cuarenta veces, el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, en el caso de las fracciones III, V, X, XVI, XVII y XVIII;
  • IV. Con multa por el equivalente de cien a quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, tratándose de la fracción XIX.

Para sancionar las faltas anteriores, se calificarán las infracciones, tomando en consideración la gravedad de la falta, los daños causados, las condiciones económicas del infractor y la reincidencia, dice la ley.

¿Qué dice la fracción XIX del artículo 191?

“Los que construyan u operen sistemas para la prestación de los servicios públicos sin la concesión correspondiente”, menciona la Ley de Aguas de Tamaulipas. Aquí te dejamos el link para que la consultes.

¿A cuánto equivale una UMA?

La UMA (Unidad de Medida y Actualización) equivale a 103.74 pesos, por lo que, si tienes una sanción de quinientas veces el valor, pues pagarías unos 51 mil 870 pesos.

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