¿Afectará tu casa o negocio? Publican nuevas normas de eficiencia energética en México

La Secretaría de Energía (SENER), a través de la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía (Conuee), publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) dos Normas Oficiales Mexicanas (NOM) en materia de eficiencia energética que impactarán a sectores comerciales, industriales y de servicios en México.
Se trata de la NOM-035-ENER-2025, sobre acondicionadores de aire tipo unitario, y también la NOM-016-ENER-2025, que regula motores eléctricos trifásicos. Ambas forman parte de la estrategia nacional de transición energética y reducción de emisiones.
Aire acondicionado: nuevas reglas desde 2026
La NOM-035-ENER-2025, publicada el 20 de agosto de 2025, es de nueva creación y establece por primera vez valores mínimos de eficiencia energética para acondicionadores de aire tipo unitario con capacidades nominales de enfriamiento superiores a 19 mil 050 W (65 mil BTU/h) y hasta 70 mil 340 W (240 mil BTU/h).
Estos equipos son comunes en
- Hospitales
- Hoteles
- Oficinas
- Centros comerciales
- Restaurantes
- Almacenes
- Instituciones educativas
- Espacios de mediana y gran capacidad
Entre los puntos clave de la norma destacan:
- Establecimiento de un nivel mínimo de Relación de Eficiencia Energética Integrada (REEI).
- Inclusión de cuatro métodos de prueba basados en estándares internacionales ANSI/ASHRAE y ANSI/AHRI.
- Implementación del Procedimiento de Evaluación de la Conformidad.
- Nuevos requisitos en la etiqueta de eficiencia energética, como tipo y carga de refrigerante.
La norma entrará en vigor el 16 de febrero de 2026 y, a partir del 16 de febrero de 2027, todos los productos incluidos deberán cumplir con estos requisitos.
Motores eléctricos: actualización más estricta
La NOM-016-ENER-2025, publicada el 19 de agosto de 2025, sustituye la versión de 2016 y establece también criterios más estrictos de eficiencia para motores eléctricos de corriente alterna, trifásicos, de inducción, tipo jaula de ardilla, con potencia de 0.746 kW a 373 kW.
Estos motores, por otro lado, son utilizados en sectores industrial, agrícola y comercial en sistemas de bombeo, ventilación, compresores, transportadores, elevadores, maquinaria textil, entre otros.
Los cambios principales son:
- Ampliación del campo de aplicación a motorreductores y motores integrados a equipos que puedan también operar de forma independiente.
- Exclusión de motores que requieren equipo auxiliar para enfriamiento.
- Reducción de la tolerancia de pérdidas de 1.15 a 1.10.
- Mejoras en el procedimiento de evaluación de la conformidad.
Esta norma entrará en vigor el 15 de febrero de 2026.
Impacto y participación
Ambas disposiciones fueron desarrolladas por el Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos (CCNNPURRE), con la participación de instituciones académicas, especialistas, empresas y organismos de normalización.
Con estas medidas, la Secretaría de Energía busca impulsar el uso de tecnologías más eficientes, con beneficios tanto para el consumo de energía en los negocios y hogares, como para el medio ambiente.




