Alertan por falsas maestrías en cirugía estética; egresados, involucrados en muerte de pacientes

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) y la Dirección General de Calidad y Educación en Salud (DGCES) levantaron una alerta por maestrías en cirugía estética impartidas por dos universidades ubicadas en el estado de Veracruz. Los egresados están involucrados en casos de pacientes con daños graves y otros que han perdido la vida.

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¿Cuáles son las dos universidades involucradas con falsas maestrías?

Dos universidades de Veracruz imparten las falsas maestrías. Foto: Getty Images.

De acuerdo con la Cofepris y la DGCES, se detectaron falsas maestrías en cirugía estética y longevidad que ofertan los siguientes centros educativos en Veracruz:

  • Instituto de Estudios Superiores en Medicina
  • Universidad del Conde

Egresados de maestrías, involucrados en daños graves a pacientes

Señalaron ambas instancias del Gobierno federal que personal médico egresado de ambos centros académicos de Veracruz está involucrado en diversos casos de pacientes que han sufrido daños graves a la salud e incluso la muerte dentro de hospitales privados en distintas entidades del país.

“Debido a que realizan procedimientos de cirugía plástica, estética y reconstructiva, sin contar con la certificación que establece la legislación sanitaria vigente”.

Cofepris.

¿Qué acreditación debe tener un médico especializado en cirugías estéticas?

Tanto la Cofepris como la DGCES puntualizaron que “para la realización de este tipo de procedimientos quirúrgicos, la persona especialista deberá ser egresada de instituciones de salud oficialmente reconocidas, y acreditar ante el Comité Normativo Nacional de Consejos de Especialidades Médicas (Conacem) su entrenamiento, habilidades, destrezas y pericia para obtener la certificación y recertificación correspondiente”.

Precisaron que toda especialidad en el ámbito de la medicina corresponde y es equivalente a estudios de posgrado, que generalmente se realizan en hospitales o clínicas del sector Salud, mediante el Sistema Nacional de Residencias.

“El grado académico de maestría en cirugía estética no faculta al personal de la salud a realizar procedimientos médicos quirúrgicos de especialidad”.

Cofepris.

Ante ello, recomendaron a la población que pretenda someterse a un procedimiento de cirugía plástica estética o reconstructiva, asegurarse que el establecimiento cuente con licencia sanitaria vigente expedida por la Cofepris para realizar actos quirúrgicos y deberá estar a la vista del público.

Asimismo, se debe verificar que el personal médico que realizará el procedimiento cuente con la especialidad en Cirugía Plástica y Reconstructiva. Esto se puede consultar en https://bit.ly/3NwQRwM y con certificado vigente emitido por los consejos de la especialidad correspondiente, que puede consultarse en conacem.org.mx y cmcper.org/directorio.

“El título profesional del médico cirujano plástico y diploma de especialidad quirúrgica deberán estar a la vista del público. En caso de detectar establecimientos que no cumplan estos requisitos, se exhorta a realizar la denuncia sanitaria a través de la página electrónica de Cofepris”.

Aunado a lo anterior, señaló la Comisión, los establecimientos que ofertan servicios de cirugía plástica estética o reconstructiva deberán acreditar que los médicos cuenten con los requisitos que establece la legislación sanitaria y que se describen en el Aviso de Riesgo emitido por Cofepris y DGCES. Así como dar cumplimiento a lo establecido en la legislación sanitaria aplicable vigente y en el Alta Directiva para establecimientos de atención médica con procedimientos estéticos, obstétricos y/o quirúrgicos, publicada por Cofepris en diciembre de 2022.

Finalmente, los servicios ofertados a través de medios informativos (impresos, electrónicos u otros) por profesionistas que ejerzan cirugía plástica, estética o reconstructiva, así como establecimientos o unidades médicas en que se practiquen dichas cirugías deberán prever y contener con claridad en su publicidad los requisitos que se mencionan en los artículos 83, 272 Bis, 272 Bis 1 y demás artículos aplicables de la Ley General de Salud.

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