Ahora será más fácil viajar al extranjero; ve por qué

Benito Medina Herrera, diputado del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y presidente de la Comisión de la Defensa Nacional, informó este jueves que la Cámara baja derogó el Artículo 60 de la Ley del Servicio Militar Nacional (SMN), que exigía presentar la cartilla del servicio militar para salir del país.

En un afán de modernizar la vieja normativa en desuso desde tiempo atrás, la Cámara de Diputados aprobó la víspera derogar ese apartado sobre la cartilla del servicio militar. El legislador tricolor Medina Herrera dijo en un mensaje para los medios de comunicación sobre la cartilla militar como requisito para ir al extranjero:

“(Presentar la cartilla del servicio militar) se transformó en una disposición simbólica, de carácter administrativo, que continúa presentándose cada año como requisito para jóvenes que cumplen la mayoría de edad. Aunque hace años era un documento que debía ser presentado para ir al exterior, esta práctica (ya) no es vigente”.

Canalizan las tareas

La Cámara de Diputados derogó una ley que exige a los ciudadanos presentar su cartilla del servicio militar para salir del país. Foto: Cuartoscuro.

Al eliminarse el lineamiento, se da cumplimiento a derechos inscritos en la Constitución y diversos instrumentos internacionales, pues la autorización administrativa para ingresar o salir del país corresponde no a la cartilla del servicio militar, sino al Instituto Nacional de Migración (INM) y a las autoridades en la materia.

El requisito de presentar la cartilla del servicio militar para viajar al exterior entró en vigor en la década de 1940, cuando se estableció el SMN como respuesta a la Segunda Guerra Mundial (1939–1945), que, principalmente, se desarrolló y tuvo efectos más que devastadores para los habitantes y Gobiernos de Europa.

  • Con 448 votos a favor, se envió el documento al Ejecutivo federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF)

Benito Medina Herrera agregó, desde la Cámara de Diputados:

“La (Cámara de Diputados) consideró que este precepto contraviene lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), toda vez que, en su Artículo 11, establece que las personas tienen derecho al libre tránsito, sin necesidad de (documentos) u otros requisitos semejantes”.

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