“Hay persecución mediática”: CNDH da recomendaciones en caso Conacyt

Algunos miembros de la comunidad científica han sido objeto de persecución mediática y ministerial.
Foto: Cuartoscuro / Ilustrativa

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió medidas cautelares al titular de la Fiscalía General de la República (FGR), Alejandro Gertz Manero, en favor de diversos integrantes de la comunidad científica, derivado de la “persecución mediática y ministerial de la que han sido objeto”.

A través de un comunicado, la CNDH solicitó a servidores de la FGR abstenerse de exponer a la opinión pública “las actuaciones que sólo deba conocer la autoridad ministerial”, así como evitar dar a conocer públicamente nombres de personas a quienes no se les impute ningún delito.

La CNDH explicó que el pasado 15 de octubre recibió un escrito de queja por parte de un grupo de personas, pertenecientes a la comunidad científica mexicana, en el que expusieron violaciones a sus derechos humanos atribuibles a servidores públicos de la FGR y al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt).

Por ello, solicitaron a la Comisión la emisión de medidas cautelares con el objetivo de evitar la consumación irreparable de violaciones a sus derechos humanos.

No hacer pública información que compete a autoridad ministerial: CNDH

La CNDH pidió a la FGR el cumplimiento de las siguientes medidas cautelares:

  • Que servidores públicos adscritos a la FGR se abstengan de exponer a la opinión pública las actuaciones que sólo deba conocer la autoridad ministerial
  • Evitar dar a conocer públicamente nombres de personas a quienes no se les impute ningún delito
  • Abstenerse de llevar a cabo actuaciones e información que comprometa el debido proceso
  • Evitar dar a conocer información que perjudique la dignidad y el honor de las personas quejosas
  • Otorgar a los agraviados, en su calidad de imputados, el acceso a la carpeta de investigación, con lo que se facilite los datos que requieran para su defensa

La FGR cuenta con 24 horas, a partir de la recepción de la solicitud de medidas cautelares, para notificar a la CNDH su aceptación; en caso contrario, deberá fundar y motivar su negativa.

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