¡Ojo, migrante! Conoce cómo puedes tramitar un permiso para trabajar en Estados Unidos legalmente

¿Cómo un migrante puede trabajar legalmente en Estados Unidos?
Existen formas en las que un migrante puede trabajar legalmente. Foto: Gettyimages

De acuerdo con la página oficial de United States Citizenship and Immigration Services (USCIS) (Servicios de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos, en español), las maneras en que un inmigrante puede laborar en el país legalmente se basan en el tipo de empleo y la categoría del migrante.

Por un empleador

La manera más común para trabajar en Estados Unidos de manera legal consiste en que el posible empleador presente una solicitud en su nombre ante USCIS.

Para ello, el trabajador debe presentar la Solicitud de Autorización de empleo, Formulario I-765, que se encuentra dentro del sitio web de Trabajadores Temporales (No migrantes).

Una vez llenada la solicitud, el patrón deberá presentar la solicitud Formulario I-766/EAD, disponible en la misma página. En el sitio web de Trabajadores Temporales (No migrantes), el trabajador podrá emplearse de manera temporal en el país. Esta opción es de las más favorables, ya que entre las opciones de trabajos se encuentran desde empleos agrícolas y comerciantes hasta artistas y deportistas.

Trabajar por empleador garantiza un permiso temporal. Foto: Gettyimages

Por preferencia

En caso de que se busque trabajar en Estados Unidos de manera permanente, también hay opciones. Si el interesado cuenta con las suficientes habilidades, educación y experiencia laboral, es posible que pueda vivir y trabajar de forma permanente en Estados a través de una visa.

El sitio web Trabajadores Permanentes describe las cinco categorías entre las que puede estar un empleado para buscar su permanencia.

Primera preferencia EB-1

Esta categoría se reserva para las personas con aptitudes extraordinarias en las ciencias, las artes, la educación, los negocios o los deportes; profesores o investigadores sobresalientes; y ejecutivos o personas con puestos de mánager de multinacionales.         

Segunda preferencia EB-2

Esta preferencia se reserva para las personas que sean profesionales y tengan títulos de posgrado o para las personas con aptitudes excepcionales en las artes, las ciencias o los negocios.  Sí, al menos que el solicitante pueda obtener una dispensa por intereses nacionales.

Tercera preferencia EB-3

Esta preferencia se reserva para los profesionales, trabajadores especializados y otros.           

Cuarta preferencia EB-4

Esta preferencia se reserva para “inmigrantes especiales”, entre los cuales se incluyen ciertos trabajadores religiosos, empleados de puestos del servicio exterior de los EU, personal retirado de organizaciones internacionales, extranjeros menores de edad que están bajo la protección de tribunales de los Estados Unidos y otros casos de extranjeros.

Quinta preferencia EB-5

Esta preferencia se reserva para los inversionistas de negocio que inviertan un millón o 500 mil dólares (si la inversión se realiza en un área de empleo identificada) en una nueva empresa que emplee al menos 10 empleados de los EU a tiempo completo.

Trabajar por preferencia garantiza una estancia permanente. Foto: Gettyimages

Por Visa DOS

En caso de que el interesado apenas vaya a viajar Estados Unidos, deberá solicitar una visa del Departamento de Estado de Estados Unidos (DOS), la USCIS debe aprobar la petición antes de que el interesado sea elegible para solicitar una visa a DOS o solicitar la admisión en un puerto de entrada.

Al ingresar a Estados Unidos, debe presentarse ante un oficial de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) y recibir permiso para ingresar a Estados Unidos y participar en su actividad laboral propuesta.

Las condiciones que debe cumplir y cuánto tiempo puede trabajar en Estados Unidos dependen del tipo de estatus migratorio que otorgue el Departamento de Seguridad Nacional (DHS). Cabe señalar que debe cumplir con todas las condiciones de su autorización de empleo y los términos de su admisión al país. Si viola alguna de las condiciones, podría ser removido o denegársele el reingreso a Estados Unidos.

En caso de aún no viajar al país, la Visa DOS es la opción. Foto: Gettyimages

El dato

De acuerdo con el Instituto de Política Migratoria, los inmigrantes mexicanos y centroamericanos, que tienen un largo historial de migración a los Estados Unidos, representan el 37% de la población estadounidense nacida en el extranjero. De éstos, México representa más de la mitad de los 11 millones de inmigrantes no autorizados que se calcula están en ese territorio.

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