Renuncia o despido: ¿Cuánto tiempo tengo para reclamar una pensión en el IMSS?

Si como trabajador fuiste despedido o renunciaste y dejas de cotizar al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), debes saber cuánto tiempo tienes para evitar que pierdas el acceso a una pensión que por ley te otorga el Instituto.

La Ley del Seguro Social señala que si estuviste asegurado conservarás tus derechos para pensionarse por un periodo igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por tus cotizaciones semanales, contado a partir de la fecha de tu baja. La cuarta parte del tiempo que has cotizado te sirve para que puedas alcanzar alguna pensión.

Pongamos un ejemplo. Si antes de tu baja cotizaste 1000 semanas con el IMSS, tienes la oportunidad de conservar tus derechos un periodo que no sea superior a las 250 semanas posteriores a tu baja, es decir, la cuarta parte. Esto te permite seguir protegido a tu derecho a una pensión, sin necesidad de cotizar.

¿Cómo saber cuándo vence tu conservación de derechos?

Si eres dado de baja en el Seguro Social, solicita tu constancia de semanas cotizadas ante la subdelegación del IMSS que te corresponde. Este documento cuenta con:

  • Número de semanas cotizadas
  • Fecha de la baja
  • Fecha de vencimiento del periodo de conservación de derechos

Sólo debes de ingresar al sistema de semanas cotizadas del IMSS en este enlace y para llevr a cabo el trámite en línea debes tener a la mano:

  • Clave Única de Registro de Población
  • Número de Seguridad Social
  • Correo electrónico

¿A qué pensiones puedes acceder en el IMSS?

Aun sin estar cotizando, puedes reclamar estos derechos dentro de ese tiempo de gracia y puedas acceder a las diversas pensiones que ofrece el IMSS:

  • Invalidez
  • Cesantía en edad avanzada
  • Vejez
  • Viudez, orfandad o ascendencias que no derive de un accidente de trabajo

¿Qué hacer para actualizar tu conservación de derechos?

Para actualizar tu conservación de derechos, deberás volver a cotizar al Seguro Social. El tiempo que debes volver a cotizar, dependerá del tiempo en que hayas sido dado de baja en el IMSS.

  • Si no han pasado más de 3 años, se te actualiza tu conservación de derechos al momento de la reinscripción
  • Si han pasado más de 3 años, pero no más de 6 años, se te actualiza tu conservación de derechos, cuando hayas cubierto un mínimo de 26 semanas (6 meses) de nuevas cotizaciones
  • Si han pasado más de 6 años, se te actualiza tu conservación de derechos, cuando hayas cubierto un mínimo de 52 semanas (un año) de nuevas cotizaciones

¿Cuántas semanas necesitas para comenzar tu trámite para la pensión?

Estas son las semanas de cotización que requieres para que comiences a tramitar la solicitud de pensión de cesantía en edad avanzada o vejez. La mínima es de 750, y se incrementa anualmente 25 semanas hasta alcanzar en el año 2031 las establecidas en las leyes del Seguro Social y de los Sistemas de Ahorro para el Retiro:

AñoSemanas requeridas
2021750
2022775
2023800
2024825
2025850
2026875
2027900
2028925
2029950
2030975
20311000

Recuerda que las pensiones de cesantía en edad avanzada o vejez, se otorgan cuando hayas cumplido entre 60 y 65 años, respectivamente. Debes de contar con el período mínimo de cotización que prevé la Ley del Seguro Social, que estés dado de baja del Régimen Obligatorio del Seguro Social, estés privado de trabajo remunerado y vigente en tus derechos.

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