Juez mantiene prisión preventiva contra Jesús Murillo Karam; permanecerá en Reclusorio Norte

Después de casi 12 horas de audiencia, un juez mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva justificada contra el exprocurador Jesús Murillo Karam.

Murillo Karam permanecerá tres meses en el Reclusorio Norte, mientras se realizan las diligencias del caso. La prisión preventiva podría extenderse hasta seis meses.

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¿Qué sigue para Murillo Karam?

El exprocurador está vinculado por tres delitos relacionados con la desaparición de los estudiantes de la Escuela Normal Isidro Burgos, en septiembre de 2014:

  • Contra la Administración de Justicia
  • Tortura
  • Desaparición Forzada (reclasificado con base en el Código Penal Federal)

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Durante el periodo que Murillo Karam permanezca en prisión, los representantes de la FGR realizarán varias diligencias en torno al caso.

Entre las investigaciones, se encuentra la revisión de las bitácoras de vuelo del helicóptero que usaba el exprocurador durante su etapa como funcionario, específicamente los vuelos que se realizaron entre octubre de 2014 y enero de 2015.

También se tienen que analizar videos de drones, así como otros documentos aportados por la Marina que tienen que ver con la zona donde, hasta el momento, fueron hallados los restos de los normalistas.

¿Qué dijo Murillo Karam y su defensa en la audiencia?

Durante la audiencia de 12 horas, el exfuncionario tomó la palabra en una ocasión para defender la llamada verdad histórica.

Murillo Karam señaló que “pudo haber fallas en esta investigación, sin embargo, ésta sigue firme”. Además, se refirió a diferentes expertos extranjeros que, dijo, “desde hace siete u ocho años ha inventado alternativas y todas se han caído”.

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La defensa del exfuncionario federal presentó sus datos de prueba a favor del exprocurador. Aseguraron que no existen testigos ni denuncias directas en contra del imputado.

Además, pidieron declarar prescrito el delito de tortura y aplicarle la penalidad anterior en materia de desaparición forzada, que es menor a la establecida en la ley actual; en el caso de delitos contra la administración de justicia, afirmaron que éstos no estaban vigentes cuando ocurrieron los hechos, entre octubre de 2014 y enero de 2015.

Adicionalmente, solicitaron al juzgador desestimar como datos de prueba los dichos que su defendido emitió durante las conferencias de prensa realizadas en el periodo señalado, pues violentan el derecho a no autoincriminarse.

Tras escuchar los argumentos de la defensa, el Juez señaló que ningún dato de prueba aportado por la Fiscalía fue controvertido por la defensa y que, por el contrario, el Ministerio Público aportó información suficiente para establecer que los hechos, conocidos como la “verdad histórica”, tienen múltiples aspectos ilícitos.

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Argumentó que, derivado de su calidad de Procurador, era “altamente probable que tuviera conocimiento de los hechos de tortura”; que no “preservó el lugar de los hechos” en el Río San Juan, en el municipio de Cocula, donde su subordinado Tomás Zerón de Lucio realizó una diligencia ilegal acompañado de una persona que fue excarcelada de manera irregular.

Además, explicó el juez de control, desde que se atrajo el caso por parte de la entonces PGR se dejaron de seguir otras líneas de investigación que condujeran al esclarecimiento de los hechos.

En dos ocasiones, el exfuncionario público manifestó en la audiencia, en la que estuvieron presentes familiares de los 43 normalistas y su abogado Vidulfo Rosales, problemas con la “columna y la cabeza”.

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