Nueva ley plantea multas a concesionarios que transmitan propaganda extranjera

| 01:02 | Ruben Rojas Zenil | UnoTV | CDMX

Finalmente, llegó al Senado de la República la iniciativa presidencial por la que se expide la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión que prohíbe la difusión de propaganda extranjera.

“Se turnó a comisiones, seguramente sesionarán mañana y la próxima semana estaríamos en condiciones de aprobar la iniciativa, en tiempo para mandarla a la Cámara de Diputados”, señaló Gerardo Fernández Noroña, presidente del Senado.

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La normativa define la propaganda extranjera como aquellos contenidos pagados, patrocinados o encargados por gobiernos extranjeros, organismos internacionales o personas de nacionalidad extranjera, que se transmitan a través de spots, patrocinios, transmisiones en vivo, cápsulas informativas o cualquier otro formato.

Los concesionarios de radiodifusión, televisión y plataformas digitales no podrán transmitir propaganda política, ideológica o comercial de cualquier tipo de gobierno o entidades extranjeras, con excepción de la promoción turística y cultural.

Quienes transgredan esta disposición se harán acreedores a una multa que va del 2% al 5 % de los ingresos de la concesión o medio del que se trate.

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La iniciativa deja una ventana para que se puedan transmitir algunos contenidos, además de los de carácter cultural o turístico provenientes del extranjero; para ello, el concesionario deberá contar con previa autorización por escrito de la Secretaría de Gobernación.

Para obtener dicha autorización, se deberá presentar la identificación del sujeto extranjero responsable del contenido, una muestra o sinopsis detallada del mensaje, así como fecha, horario y medios técnicos de transmisión.

La Secretaría de Gobernación resolverá dentro de los 10 días hábiles siguientes.