Ojo, papá: vienen dos puentes para que disfrutes con tus hijos

Apenas empieza el año 2023, pero nunca es suficiente cuando de descansos se habla, por lo que Unotv.com te trae toda la información detallada sobre los primeros del año, que serán del viernes 27 al domingo 29 de enero y del sábado 4 al lunes 6 de febrero.

Puente de enero 2023

Como te decíamos, desde el inicio del año llegarán los descansos, pues Enero de 2023 tendrá un puente; luego de que los estudiantes regresen a clases, después de las vacaciones de diciembre de 2022 y de un taller intensivo de formación para docentes (del 2 al 6 de enero de 2023), tendrán un fin de semana largo.

  • Del viernes 27 al domingo 29 de enero

Puente de febrero 2023

Asimismo, este próximo mes se registrará otro, pues Febrero tiene el segundo, que se forma por el aniversario de la promulgación de la Constitución de 1917.

  • Del sábado 4 al lunes 6 de febrero
Calendario de la SEP 2022-2023.

Los otros puentes de 2023

Ahora que éstos no serán los únicos, y para que vayas haciendo planes, por si piensas salir de la ciudad, o visitar alguno de los espacios turísticos cercanos a donde vives, te dejamos una lista de los otros puentes de los que podrás disfrutar este año:

  • 18 al 20 de marzo: Natalicio de Benito Juárez, por ser martes, el asueto del 21 se recorrió al lunes anterior.
  • 29 de abril al 1 de mayo: Día del Trabajo.
  • 18 al 20 de noviembre: Conmemoración de la Revolución Mexicana.
  • 23 al 25 de diciembre: Navidad.

Por último, destaca que también el 16 de septiembre es considerado como día de descanso en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), sin embargo, al caer este año en sábado no forma puente.

Además, recuerda que, si por alguna razón debes trabajar durante un día considerado festivo en dicha ley, tienes derecho a que te paguen el salario que corresponda por el día de trabajo, más un salario doble por el servicio prestado durante el descanso obligatorio; es decir, deberán cubrirte el salario diario normal más el doble.

Este derecho quedó igual que en años anteriores, pese al incremento de días de vacaciones aprobado en diciembre y que entró en vigor el pasado 1 de enero, días adicionales que no podrán cambiarte por dinero, aunque sí deberán pagarte la prima vacacional, a diferencia de los asuetos oficiales, donde como te dijimos antes, deben pagarte extra.

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