Propone diputado de Morena castigar con cárcel a quien haga stickers y memes sin permiso

| 14:57 | Sergio Iván González | Uno TV
Propone diputado cárcel por difundir stickers y memes
Hasta 6 años de cárcel por difundir stickers y memes. Foto: Cuartoscuro

El diputado de Morena Armando Corona Arvizu presentó una iniciativa para agregar artículos al Código Penal Federal que castiguen con prisión de tres a seis años la creación y difusión no autorizada de imágenes, videos, audios o representaciones digitales —como memes y stickers— generados mediante edición o inteligencia artificial que afecten la identidad o imagen personal.

Según informes, la propuesta también contempla multas de 300 a 600 días de salario mínimo y sanciones más severas cuando la víctima sea menor de edad, persona con discapacidad o servidor público.

Qué busca la propuesta contra los memes del diputado

Corona Arvizu señala que, aunque existen leyes que protegen la intimidad y el derecho a la imagen (por ejemplo, la Ley Olimpia), ninguna aborda de forma integral el uso indebido de contenido digital manipulado. Para el legislador, memes o deepfakes representan una forma de violencia que debe ser regulada.

Según su propuesta, las sanciones aplicarán cuando dicho contenido sin consentimiento se difunda en redes sociales, plataformas digitales o mensajería instantánea y cuando genere un daño psicológico comprobable.

Motivos detrás de la iniciativa

El diputado afirmó en su propuesta que el fenómeno del deepfake se ha masificado y está al alcance de personas sin conocimientos técnicos, lo que facilita abusos digitales. Corona cita que más de 18.9 millones de mexicanos fueron víctimas de ciberacoso en 2024 y que muchas agresiones involucran manipulación de voz o imagen para dañar reputaciones.

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La iniciativa fue publicada en la Gaceta Parlamentaria el 23 de septiembre, bajo los artículos 211 Bis 8 y 211 Bis 9 del código propuesto.

¡Qué penas propone la ley “Antistickers”?

  • Prisión de 3 a 6 años por generar o difundir contenido digital manipulado sin consentimiento
  • Multas de 300 a 600 días de salario mínimo
  • Agravantes: si la víctima es menor, con discapacidad, servidor público, si el contenido se difunde masivamente o provoca un daño comprobable en la esfera personal, laboral o psicológica

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