¿Habrá puente por el Día del Trabajo 2025 en México? Esto debes saber

El 1 de mayo de 2025 caerá en jueves, lo cual ha generado dudas entre trabajadores y estudiantes respecto a si habrá puente o si únicamente se descansará ese día. De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, el Día del Trabajo es una fecha fija de descanso obligatorio, sin posibilidad de traslado o ampliación oficial al viernes siguiente.
Solo se descansa el jueves 1 de mayo
El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo establece que el Día del Trabajo no se recorre ni se combina automáticamente con otros días. Por lo tanto, el jueves 1 de mayo es el único día feriado de la semana, sin que se genere un puente oficial.
Este descanso aplica a trabajadores del sector público y privado, estudiantes de instituciones educativas de todos los niveles, así como personal docente y administrativo.
¿Qué pasa con el viernes 2 de mayo?
El viernes no es considerado como día inhábil oficial. Sin embargo, algunas empresas, dependencias gubernamentales o instituciones académicas podrían otorgarlo como día no laborable. Esto dependerá de acuerdos sindicales, convenios internos o políticas específicas de cada organización.
Por lo anterior, es recomendable que tanto empleados como estudiantes consulten directamente con su lugar de trabajo o centro educativo para confirmar si se extenderá el descanso.
¿Quiénes descansan el Día del Trabajo?
El descanso obligatorio del 1 de mayo contempla:
- Trabajadores del sector público y privado
- Estudiantes de todos los niveles
- Docentes y personal académico
¿Qué sucede si tienes que trabajar el 1 de mayo?
La Ley Federal del Trabajo contempla una compensación especial para quienes deban laborar en días festivos oficiales. En este caso, los empleadores deben otorgar al trabajador:
- El salario correspondiente al día trabajado
- El pago doble por ser un día festivo laborado
En total, el trabajador debe recibir el triple del salario diario si no se otorga un descanso compensatorio.
¿Cómo operan escuelas, bancos e instituciones?
Las escuelas públicas adheridas al calendario de la SEP solo contemplan el jueves 1 de mayo como día inhábil. No se ha publicado ningún ajuste que otorgue el viernes como puente.
En el caso de instituciones como bancos, IMSS, oficinas gubernamentales y juzgados, se mantendrá cerrada la operación solo durante el jueves, reanudando actividades el viernes 2.




