¿Qué debe tener una receta médica para ser válida y que no la rechacen en la farmacia?

Doctora en consulta con su paciente revisando una receta médica
Para que no rechacen tu receta médica, verifica todos los datos. Foto: Shutterstock

Aunque podría pensarse que con tener una receta médica no hay impedimento para adquirir lo que se nos prescribe, por ley, ésta debe cumplir ciertos requisitos para que la consideren válida. Sobre esto te hablaremos hoy en Unotv.com.

Y es que, mientras hace algunos años las farmacias podían venderte cualquier medicamento que apareciera en la receta, y a veces sin ésta, se han realizado algunos cambios para prever el mal uso de las recetas… y de las medicinas.

Uno de éstos es que los medicamentos destinados de forma exclusiva a las instituciones de salud y seguridad social, como el IMSS, ISSSTE, IMSS-Bienestar y los sistemas estatales, deberán tener envases diferentes a los distribuidos en el sector privado, contener la leyenda “prohibida su venta” o “propiedad del Sector Salud”, así como la clave del Compendio Nacional de Insumos para la Salud, y si se trata de genérico, ingredientes activos e información sobre su fabricación.

Mientras que la modificación más reciente a las normas ordena que todas las medicinas deberán indicar si son de denominación genérica o distintiva. Dicho de otra forma, si tu medicamento es genérico o de patente.

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¿Qué debe tener una receta médica para ser válida?

Es con esto que llegamos al asunto, pues para que una receta sea válida, y por lo mismo, te la surtan en la farmacia, debe contener los siguientes elementos, de acuerdo con el Reglamento de Insumos para la Salud, sobre todo si se trata de un producto de venta limitada, como es el caso de los antibióticos:

Datos del médico tratante:

  • Nombre completo
  • Cédula profesional e institución de procedencia
  • Especialistas: cédula y número de certificación vigente
  • Domicilio del consultorio y teléfono
  • Firma

Información del medicamento:

  • Nombre genérico
  • Forma farmacéutica y presentación
  • Dosis y frecuencia indicada
  • Vía de administración
  • Duración del tratamiento
  • Indicaciones adicionales para el paciente

Datos del paciente:

  • Nombre completo
  • De preferencia:
  • Edad y/o fecha de nacimiento
  • Sexo
  • Alergias
  • Talla, peso, Índice de Masa Corporal (IMC)
  • Temperatura
  • Presión arterial

De no contar con los datos anteriores, a excepción de los preferentes del paciente, el personal de la farmacia a donde vayas podría negarse a surtir la receta. Incluso, algunos establecimientos piden que el médico complete los datos faltantes, como el tiempo de duración del tratamiento y la dosis, con la firma adicional en la parte agregada.

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Sin embargo, si en la receta de tu médico viene algún antibiótico, estupefaciente o psicotrópico, la Comisión Nacional de Arbitraje Médico apunta que también deberá incluirse:

  • Código de barras asignado por la Secretaría de Salud (SSa) o autoridades sanitarias Estatales
  • Clave en código de barras con identificación del médico
  • Número de folio
  • Tratamiento no mayor a 30 días
  • Dosis ajustadas al tratamiento indicado para el medicamento
  • Domicilio del paciente
  • Teléfono del paciente
  • Diagnóstico médico

Toda vez que éstos sólo podrán ser surtidos en establecimientos autorizados para ello, así como también todos los medicamentos deben cumplir con ciertas cosas en su etiquetado, como su denominación, ingredientes activos, datos del fabricante, instrucciones para su conservación, fecha de caducidad, número de lote y dosis y vía de administración, entre otras.

¿Y quiénes pueden emitir una receta médica?

Por otra parte, aunque podría parecer que sólo los médicos pueden emitir este tipo de documentos, de acuerdo con el reglamento de insumos, como la Ley General de Salud, las recetas pueden ser expedidas por:

  • Médicos
  • Homeópatas
  • Cirujanos Dentistas
  • Médicos Veterinarios (en el área de su competencia)
  • Enfermeras
  • Parteras
  • Pasantes en servicio social de las anteriores

Para ello, deberán tener cédula profesional expedida por una autoridad educativa competente, mientras que los pasantes, enfermeras y parteras podrán prescribir ajustándose a las especificaciones que determine la Secretaría de Salud (SSa) federal, que contempla una lista de medicamentos entre los que podrán optar, y sólo si en la unidad de atención no hay un médico, homeópata o cirujano dentista.

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