¿Qué pasa si la nueva Ley de Amparo es retroactiva y tengo un juicio en trámite?

El Senado aprobó el dictamen que reforma la Ley de Amparo, que incluye una disposición que la haría retroactiva al aplicar la nueva ley a los juicios ya en trámite.
Pero ¿esto es posible a pesar de que la Constitución señala que “ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna”?, y ¿qué pasa con mis amparos? Aquí te contestamos.
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Ninguna ley es retroactiva
En entrevista con Unotv.com, Jorge Erasmo Báez Pérez, licenciado en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y especialista en materia de amparo, señaló que, de acuerdo con el Artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ninguna ley será retroactiva.
“Si tú metiste un amparo hace seis meses, ese amparo se va a regir por la legislación que en ese momento se encontraba vigente”.
Jorge Erasmo Báez Pérez, especialista en materia de amparo.
Por lo que es un error incluir el párrafo: “Los asuntos que se encuentren en trámite a la entrada en vigor del presente Decreto, continuarán tramitándose hasta su resolución final conforme a las disposiciones que establece este Decreto”.
Un texto que no debería existir, agregó el abogado Báez Pérez.
“Yo metí (mi amparo) hace seis meses y a mí me aplica la legislación que en ese momento se encontraba vigente, no puedes venir a mí a obligarme, a decirme que a partir de esta reforma todo se va a llevar con la legislación de esta nueva modificación porque a mí me causa un perjuicio”.
Jorge Erasmo Báez Pérez, especialista en materia de amparo.
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¿Qué pasa con mis amparos si la nueva ley es retroactiva?
Aunque aún falta el proceso legislativo en el Cámara de Diputados, de pasar tal y como está la reforma a la Ley de Amparo crearía un acto inconstitucional y ocasionaría una cascada de juicios contra la nueva normativa por estar mal redactada.
Para Jorge Erasmo Báez Pérez, no se pueden ver afectados los amparos por existir un error y quien se vea perjudicado se amparará por estar mal la ley.
“Violenta la retroactividad porque, de acuerdo a ese párrafo, tú no puedes decir que todos los asuntos que se ventilan en los juzgados federales en el poder federal se van a regular ya por esa ley”.
Jorge Erasmo Báez Pérez, especialista en materia de amparo.
El abogado por la UNAM dijo que para ser efectiva una reforma de esta naturaleza primero deberán modificar el Artículo 14 de la Constitución y no mediante una ley secundaria como es la Ley de Amparo. “Claro que se viola la retroactividad porque la retroactividad es una potestad y un derecho que tienen los ciudadanos”, concluyó.




