¿Qué pasa si una persona tiene dos actas de nacimiento en México? Esto dice la Corte

Recientemente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio a conocer en su página de X, antes Twitter, una jurisprudencia en materia familiar que se refiere al caso de si es válido que una persona tenga dos actas de nacimiento. El máximo tribunal estableció los criterios por los que sí se puede cuando están en juego derechos como el nombre, la identidad y la filiación
¿Dos actas de nacimiento pueden ser legales al mismo tiempo?
Aunque la regla general establece que el Registro Civil sólo puede emitir una acta de nacimiento por persona, la Primera Sala de la SCJN determinó que existen casos excepcionales en los que pueden coexistir dos actas de nacimiento válidas, sobre todo cuando está en juego el interés superior de la niñez o la construcción de una identidad consolidada con el paso del tiempo.
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De acuerdo con la Tesis Jurisprudencial 1a./J. 85/2025, publicada el 6 de junio de 2025 en el Semanario Judicial de la Federación, la Corte determinó que el derecho a la identidad no puede ser vulnerado por un error administrativo o por formalismos legales que pasen por alto realidades sociales y familiares.
Filiación por solidaridad humana: Cómo se dio esta resolución
El nuevo criterio surgió a partir de un caso donde una mujer registró como hija a una niña en situación de abandono, sin tener lazos consanguíneos con ella, pero brindándole cuidado y compañía como si lo fuera. La niña ya contaba con un acta previa, pero la autoridad registral, sin verificarlo, emitió una segunda.
Años después, cuando la mujer falleció, su hija biológica impugnó la validez de la segunda acta, buscando anular los derechos sucesorios de la hija no biológica. Aunque un tribunal civil inicialmente anuló el segundo documento, la SCJN revirtió la decisión al considerar que:
- La segunda acta derivó de un acto de solidaridad humana
- La menor había construido su identidad, nombre y vida familiar con base en esa segunda acta
- No se debía castigar un error del Registro Civil en perjuicio de una persona vulnerable
¿Cuándo pueden ser válidas dos actas de nacimiento?
La Corte determinó que se pueden validar ambas actas si:
- El Registro Civil emitió la segunda acta por error, sin revisar que ya existía una previa
- La persona que registró al menor lo hizo con la intención de reconocerlo como hijo o hija, aunque no hubiera un vínculo biológico
- La persona registrada ha construido su identidad con el nombre, apellidos y lazos familiares establecidos en la segunda acta, usándolos en su entorno social, escolar y familiar
¿Por qué importa este criterio?
La Corte subraya que el acta de nacimiento no sólo es un documento legal, sino una herramienta que define la identidad de una persona en la sociedad. Por eso, cualquier interpretación del derecho civil y registral debe tener un enfoque garantista, especialmente cuando se trata de menores de edad.
Este criterio refuerza que la filiación también puede surgir por actos de solidaridad humana, no solo por vínculos biológicos o jurídicos, y que el derecho a una identidad digna y construida no puede borrarse por tecnicismos.




