Magistrado propone anular elección de ministros por irregularidades con acordeones

| 08:50 | Mario Alberto Ostos Chávez | Uno TV

El magistrado del TEPJF Reyes Rodríguez Mondragón presentó un proyecto de sentencia que propone anular la elección de ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por la distribución sistemática y generalizada de acordeones que, según el documento, sirvieron como propaganda en favor de las candidaturas ganadoras.

De acuerdo con el magistrado, esta práctica constituye una violación grave a los principios constitucionales de legalidad, certeza y equidad en la competencia electoral, además de configurar el uso de financiamiento ilícito. La propuesta será discutida por el pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en la sesión programada para el 21 de agosto.

Buscan anular elección al Poder Judicial. Cuartoscuro
Buscan anular elección al Poder Judicial. Cuartoscuro

Pruebas y cobertura territorial

La investigación judicial documenta 3 mil 17 acordeones, tanto físicos como digitales, localizados en 26 entidades del país. Estos materiales fueron respaldados por 324 pruebas documentales: 189 fotografías, 82 videos y 53 audios. Cada registro fue individualizado y georreferenciado.

Los mayores volúmenes de evidencia se concentraron en:

  • Ciudad de México
  • Nuevo León
  • Estado de México
  • Puebla
  • Chihuahua
  • Jalisco

También se reportaron casos en Guerrero, Zacatecas, Morelos, Querétaro, Michoacán, Guanajuato, Quintana Roo, Oaxaca, Sonora y Veracruz.

Las pruebas incluyen testimonios sobre la entrega de acordeones en espacios públicos, su difusión en páginas web, intervención de servidores públicos y partidos políticos, uso de recursos materiales presuntamente de origen público o partidista y presión directa a votantes y funcionarios.

Relación con las candidaturas ganadoras

El análisis señala que el 73% de los acordeones incluían exactamente los nombres y números de las nueve candidaturas que resultaron electas para la SCJN:

  1. Hugo Aguilar Ortiz
  2. Lenia Batres Guadarrama
  3. Yasmín Esquivel Mossa
  4. Loretta Ortiz Ahlf
  5. María Estela Ríos González
  6. Giovanni Azael Figueroa Mejía
  7. Irving Espinosa Betanzo
  8. Arístides Rodrigo Guerrero García
  9. Sara Irene Herrerías Guerra

Rodríguez Mondragón explica que en varios casos las candidaturas aparecían siempre juntas en los acordeones, lo que sugiere una estrategia electoral coordinada y no una competencia individual.

Argumentos jurídicos y antecedentes

El magistrado fundamenta su propuesta en tres elementos:

  • Diferencia de votos menor al 5% entre ganadores y el segundo lugar, lo que habilita la nulidad
  • Correlación directa entre las candidaturas en los acordeones y los resultados oficiales
  • Cobertura nacional amplia, con penetración en diversas regiones

El documento cita precedentes del TEPJF en los que se anularon elecciones municipales y legislativas por irregularidades similares. Sin embargo, advierte que este sería el primer caso documentado con esta escala en un proceso judicial federal.

Posibles implicaciones institucionales

Si el pleno aprueba la nulidad, el Senado de la República deberá convocar a una elección extraordinaria y establecer reglas transitorias para garantizar el funcionamiento de la SCJN.

El Instituto Nacional Electoral (INE) estaría obligado a investigar el financiamiento y la logística detrás de la distribución de los acordeones, mientras que la Fiscalía General de la República (FGR) tendría que indagar posibles delitos.

La toma de protesta de las y los ministros electos está prevista para el 1 de septiembre, por lo que una eventual anulación suspendería la integración de la Corte y aplicaría un sistema normativo temporal hasta que se realice una nueva elección.

Rodríguez Mondragón advierte que validar un proceso con estas irregularidades comprometería la autonomía judicial y los principios de la reforma. Asegura que sólo restaurando la legalidad, la confianza ciudadana y la competencia genuina se podrá preservar el objetivo democratizador de la elección judicial.

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