Se modernizan los lineamientos para la expedición de visas en México

Se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los nuevos lineamientos para expedir visas en México, los cuales contemplan trámites más digitales, revisión más estricta de los documentos y mayor coordinación entre autoridades como la SRE, el INM y la Segob.
¿A quiénes aplica?
A toda persona extranjera que tramite una visa para México, ya sea:
- Visitante (con o sin permiso para trabajar)
- Residencia temporal (incluye estudiante)
- Residencia permanente
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¿Qué cambia con estos nuevos lineamientos?
- Digitalización de trámites: se integran expedientes electrónicos, se eliminan documentos impresos como fotografías y se recaban datos biométricos (huellas, iris, firma digital)
- Mayor seguridad: los documentos públicos extranjeros deberán presentarse apostillados o legalizados y traducidos al español si están en otro idioma
- Más control: se refuerza la verificación de antecedentes y autenticidad de documentos para evitar fraudes
- Nueva visa electrónica: será emitida por la SRE para visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas que ingresen por vía aérea. Se podrá tramitar, pagar y descargar en línea, con código QR
- Mayor coordinación entre la Segob, INM y SRE
¿Dónde se pueden hacer los trámites?
- En embajadas y consulados de México en el extranjero
- En oficinas del Instituto Nacional de Migración (INM) dentro del país
¿Qué documentos básicos se requieren?
- Pasaporte vigente
- Identificación oficial
- Pago de derechos
- Prueba del motivo del viaje (invitación, contrato, solvencia económica, etc.)
- Si los documentos son extranjeros, deben estar apostillados o legalizados y traducidos al español.
¿Qué tipos de visa contempla el nuevo esquema?
De acuerdo con los artículos 40 y 41 de la Ley de Migración y los lineamientos del DOF, se podrán tramitar:
En consulados:
- Visa de visitante sin permiso para actividades remuneradas
- Visa para trámites de adopción
- Visa electrónica (solo vía aérea)
- Visa de residencia temporal, temporal estudiante y permanente
Con autorización del INM:
- Visa de visitante sin permiso para trabajar (en casos humanitarios)
- Visa de visitante con permiso para trabajar (por oferta de empleo)
- Visa de residencia temporal (por empleo o unidad familiar)
- Visa de residencia permanente (por puntos, reunificación o refugio)
¿Por qué se hicieron estos lineamientos generales en visas?
El objetivo es homologar los criterios migratorios, mejorar la seguridad en el ingreso de personas extranjeras y avanzar hacia un gobierno digital que reduzca trámites presenciales y físicos.
La información se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y aquí puedes consulta los 13 trámites que se pueden realizar en el siguiente enlace:https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5763837&fecha=25/07/2025#gsc.tab=0




