Senado aprueba en fast track Ley de la Guardia Nacional sin transmisión pública

En una sesión sin transmisión completa y con críticas por la falta de transparencia, las Comisiones Unidas del Senado aprobaron en fast track el dictamen que expide la nueva Ley de la Guardia Nacional, que establece su adscripción permanente a las Fuerzas Armadas y amplía sus facultades en tareas de investigación e inteligencia.
“Lamentablemente, no va a poder ser transmitida de manera diferida completa porque afortunadamente ya llegaron los compañeros del canal de Congreso, pero no se grabó desde el principio esta sesión de comisión”, Clemente Castañeda Hoeflich, coordinador de Movimiento Ciudadano
Mando militar y facultades de investigación
La minuta proveniente de San Lázaro concreta el mando y la adscripción de la Guardia Nacional a las fuerzas armadas y se le otorgan facultades de investigación en la prevención y persecución de delitos, de acuerdo con el artículo 4 y 7.
- Artículo 4
La Guardia Nacional es una fuerza de seguridad pública, profesional, de carácter permanente e integrada por personal militar con formación policial, dependiente de la Secretaría.
[TE PUEDE INTERESAR: Aprobada Ley de la Guardia Nacional, en lo general y particular; pasa al Senado]
- Artículo 7.
La Guardia Nacional, para materializar sus fines, debe:
III. Investigar la comisión de delitos, bajo la conducción y mando del Ministerio Público competente en el ejercicio de esta función.
El artículo 9 del ordenamiento establece que la Guardia Nacional realizará investigación e inteligencia para la prevención de los delitos.
- Artículo 9
La Guardia Nacional tendrá las atribuciones y obligaciones siguientes:
III. Realizar investigación e inteligencia para la prevención de los delitos, en coordinación con el Consejo Nacional de Inteligencia en Seguridad Pública
Licencias para asumir cargos públicos
El artículo 44, establece que los integrantes de la Guardia Nacional podrán solicitar licencia especial para, entre otras cosas, desempeñar un cargo de elección popular, un nombramiento del Ejecutivo Federal ajeno a las actividades de la Guardia Nacional.
- Artículo 44.
Las licencias para el personal del activo serán: ordinaria, ilimitada, especial y por edad límite, conforme a lo siguiente:
- a) Desempeñar cargos de elección popular
- b) Cuando la persona titular del Ejecutivo Federal los nombre para el desempeño de una actividad ajena a la Guardia Nacional, y
- c) Desempeñar actividades o empleos civiles en dependencias del Ejecutivo Federal, de los gobiernos de las entidades federativas, de los municipios, en organismos descentralizados o empresas de participación estatal y otras dependencias públicas, siempre que esas actividades o empleos requieran separarse temporalmente de sus funciones de seguridad pública para estar en aptitud legal de desempeñarlos
[TE PUEDE INTERESAR: Con tintes de espionaje y facultades excesivas se perfila un Estado “espía”]
El dictamen va al Pleno
El dictamen fue aprobado con 14 votos a favor y 6 en contra, el documento fue remitido a la mesa directiva del Senado para su discusión en el Pleno.
Desde Morena, el senador Francisco Chíguil defendió el decreto, señalando que busca evitar que la fuerza pública vuelva a ser instrumento de represión, como en décadas pasadas.
“El decreto responde también al abuso histórico de la fuerza pública en México, donde las instituciones de seguridad fueron a menudo instrumentos de represión, colusión e impunidad, recuerdo al Negro Durazo allá en los años 70”, Francisco Chíguil Figueroa, senador de Morena




