Senado aprueba reforma que permite portar armas a funcionarios de Pemex, CFE y SAT

| 18:32 | Ruben Rojas Zenil | Uno TV

El Senado de la República aprobó por unanimidad la nueva Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, que endurece sanciones y penaliza la portación sin licencia, el uso de impresoras 3D para fabricar armas y la introducción ilegal de artefactos explosivos al país.

Hasta 30 años de cárcel por portar armas sin licencia

Con 105 votos a favor, el Pleno aprobó el dictamen que impone penas de hasta 30 años de prisión para quien porte sin licencia un arma reservada para el uso exclusivo de las Fuerzas Armadas.

“Se refuerzan las reglas sobre portación, comercio y transporte de armas, y se prohíbe su envío por paquetería”.

Ana Lilia Rivera Rivera, senadora

Los integrantes de empresas públicas y órganos autónomos, como Pemex, la Comisión Federal de Electricidad (CFE), el Servicio de Administración Tributaria (SAT), el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) y el Banco de México (Banxico), ya podrán portar este tipo de artefactos, siempre y cuando justifiquen la necesidad de hacerlo y bajo los requisitos establecidos por la ley.

Fabricación con tecnología 3D será delito

También se sancionará con 4 a 8 años de cárcel a quien emplee o distribuya software, planos digitales o maquinaria para la fabricación ilícita de armas, cargadores o componentes.

“Estos recursos han sido utilizados por grupos criminales para cometer delitos”.

Simey Olvera Bautista, senadora

Introducir armas o explosivos de forma ilegal: hasta 30 años

Quien importe sin autorización armas, cargadores o explosivos podrá recibir una pena de 5 a 30 años. En el caso de artefactos explosivos improvisados, como los usados por el crimen organizado, las penas van de 15 a 30 años y pueden aumentarse hasta en dos terceras partes.

Sin embargo, la legislación Eno busca criminalizar a quienes poseen armas conforme a derecho, sino cerrar espacios de impunidad”, subrayó Ana Lilia Rivera.

Armas deportivas, sólo en clubes autorizados

La ley contempla permisos especiales para armas deportivas, que se otorgarán exclusivamente a clubes de tiro y sus miembros.

También se permitirá el uso de armas accionadas por gas o aire comprimido, siempre que no excedan los 140 Joules de energía cinética y se usen solo en lugares designados.

El decreto se envió al Ejecutivo Federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), paso previo a su entrada en vigor.