Si trabajas todo el día de pie, éstos son los factores de riesgo y reglas para proteger tu salud, según el DOF

Este jueves 17 de julio, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las disposiciones de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) acerca de los factores de riesgos de trabajo para garantizar el derecho al descanso durante la jornada laboral de las personas trabajadoras en bipedestación (postura de pie) en los sectores de servicios, comercio, centros de trabajo análogos y establecimientos industriales.
Como ya te habíamos informado en Unotv.com, la disposición de la también llamada ley silla entró en vigor en junio de 2025, ahora en el DOF se publican los factores de riesgo.
Estas reglas buscan prevenir enfermedades causadas por malas condiciones ergonómicas, a través del derecho al descanso, el uso de sillas con respaldo y otras medidas de prevención.
¿Qué es la bipedestación y por qué representa un riesgo?
La bipedestación es la postura corporal de estar de pie. Según la Clínica Universidad de Navarra (España), si esta posición es continua, con pocos desplazamientos, se considera prolongada y puede afectar la salud.
Datos de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Internacional del Trabajo (OIT) revelan que, sólo en 2016, 1.9 millones de personas murieron por enfermedades y accidentes laborales, muchos de ellos vinculados a condiciones ergonómicas inadecuadas.
Entre los principales riesgos de permanecer de pie durante muchas horas se encuentran:
- Dolor muscular en espalda y piernas
- Trastornos musculoesqueléticos
- Fatiga crónica
- Problemas cardiovasculares
- Complicaciones durante el embarazo
- Desgaste físico prematuro
Además, esta situación puede afectar el ingreso económico de las personas, al requerir gastos en atención médica, medicamentos, calzado especial y limitar su acceso a otros empleos.
¿A quiénes aplican las nuevas disposiciones?
Las medidas son obligatorias para todos los centros de trabajo en México donde haya personas que laboren de pie, en sectores como:
- Servicios (hospitales, restaurantes, hoteles)
- Comercio (supermercados, tiendas)
- Establecimientos industriales, cuando lo permita la naturaleza del trabajo
¿Qué deben hacer los empleadores?
Las empresas deberán identificar a cada persona trabajadora en bipedestación y evaluar su nivel de riesgo. Según los resultados, deberán implementar medidas como:
- Proporcionar sillas con respaldo adecuadas para el descanso o la realización de tareas sentadas
- Diseñar estaciones de trabajo que permitan cambiar de postura
- Facilitar el acceso a calzado ergonómico y pisos acolchonados
- Establecer pausas activas durante la jornada laboral
- Registrar y dar seguimiento a los riesgos en las comisiones de seguridad e higiene
- Canalizar a personal médico si hay molestias relacionadas con esta postura
Los tipos de asiento deben tener respaldo, soporte lumbar, altura regulable, ergonomía, estabilidad y, en su caso, reposapiés.
[NO TE PIERDAS: Ley Silla en México: lo que deben cumplir los empleadores desde el 17 de junio]
¿Y las personas trabajadoras?
También tienen responsabilidades. Entre ellas:
- Usar y cuidar adecuadamente los asientos asignados
- Informar si presentan molestias o si el asiento requiere mantenimiento
- Participar en capacitaciones sobre ergonomía y prevención
- Someterse a exámenes médicos relacionados con su actividad laboral
¿Desde cuándo aplican estas reglas?
Las disposiciones entran en vigor el 17 de julio de 2025 y su cumplimiento estará a cargo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). Para mayor información, se puede consultar el ejemplar del DOF donde aparece esta disposición.




