Suprema Corte “batea” casos menores: ¿qué temas sí seguirá resolviendo?

| 17:27 | Alejandro Villa | UnoTV | México
Una mujer en Estados Unidos llevó a juicio a su propio estado tras asegurar que no recibió un ascenso por no pertenecer a la comunidad LGBT+, un caso que terminó en la Suprema Corte de Justicia y que abrió un debate sobre los límites y alcances de los programas de inclusión.
Foto: Getty Images

En el Diario Oficial de la Federación se publicó el acuerdo general donde la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se “quita” carga de trabajo y precisa los asuntos de su competencia. En esta publicación se define con claridad qué temas seguirá resolviendo directamente y cuáles delegará a otros órganos del Poder Judicial de la Federación.

El objetivo: concentrarse en temas de mayor relevancia constitucional y de derechos humanos, como igualdad, medio ambiente y pueblos indígenas, en tanto que los otros asuntos se dejarán en manos de Plenos Regionales y Tribunales Colegiados de Circuito.

¿Qué casos se quedan en la Suprema Corte?

La Corte dejará de lado aquellos casos en los que no se requiera su intervención directa, ya sea porque existe jurisprudencia aplicable al caso concreto, o porque no se trate de asuntos de especial relevancia en materia constitucional o de derechos humanos.

Según el Acuerdo General 2/2025, publicado en el DOF, el Pleno de la SCJN conservará la resolución de asuntos clave como:

  • Controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad (artículo 105 de la CPEUM)
  • Amparos directos e indirectos cuando exista interés y trascendencia constitucional, o no haya precedente
  • Procedimientos de declaratoria general de inconstitucionalidad
  • Contradicciones de criterios entre Plenos Regionales, Tribunales Colegiados de Circuito de distinta región o con el propio Tribunal Constitucional
  • Juicios electorales relevantes, como los relacionados con la elección de magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral
  • Revisión de decretos del Ejecutivo durante suspensión de derechos (artículo 29 constitucional)
  • Consultas populares y recursos de revisión en materia de seguridad nacional
  • Conflictos competenciales entre Plenos Regionales
  • Sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos contra el Estado mexicano

Así pues, la SCJN sólo tomará los asuntos que definan de manera directa la interpretación de la Constitución o impliquen un impacto fuerte en materia de derechos humanos y democracia.

¿Qué asuntos se van a otros tribunales?

La Corte delega a otros órganos la resolución de:

  • Conflictos competenciales entre Tribunales Colegiados de Circuito, que ahora resolverán los Plenos Regionales
  • Recursos de revisión en amparo, cuando ya exista jurisprudencia aplicable o el tema no sea de relevancia constitucional
  • Recursos de inconformidad, en ciertos casos, a los Tribunales Colegiados de Circuito
  • Asuntos donde la SCJN ya haya fijado criterio y sólo se requiera su aplicación

¿Por qué este cambio?

Según el diagnóstico de la Corte, en 2024 ingresaron más de 16 mil asuntos, de los cuales se resolvieron más de 13 mil, una gran parte terminó en desechamiento o trámite menor, lo que generó un rezago de 2 mil 759 expedientes.

Con la reforma judicial de 2024, que eliminó las Salas y redujo el número de ministros, el Pleno debe asumir todas las competencias, por lo que se vuelve indispensable aligerar la carga para enfocarse únicamente en los temas de mayor trascendencia.

De ahí que, se argumenta, que el Pleno debe concentrar su atención  en los casos que verdaderamente impliquen una interpretación directa de la Constitución o la protección de los derechos humanos.

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