TEPJF ordena al Congreso aprobar Revocación de Mandato; da plazo de 30 días

El INE podrá emitir los lineamientos sobre la Revocación de Mandato. Foto: Cuartoscuro / Ilustrativa

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Congreso de la Unión que, en un plazo de 30 días, emita la ley reglamentaria del artículo 35 constitucional sobre Revocación de Mandato.

La magistrada de la Sala Superior del TEPJF, Janine Otálora Malassis, dijo que el Congreso “se ha excedido de manera notoria en el plazo justamente establecido para cumplir con la emisión de esta ley reglamentaria”.

“Comparto también el hecho de que la ausencia de una ley reglamentaria actualiza una omisión legislativa concreta que podría impedir a la ciudadanía su adecuada participación en la Revocación de Mandato y generar con ella incertidumbre sobre las reglas a que se sujetará este procedimiento”.

Agregó la magistrada.

INE podrá emitir lineamientos sobre Revocación de Mandato

Al resolver dos juicios electorales, una mayoría de seis magistrados se pronunciaron por emplazar a los legisladores a subsanar la omisión legislativa en la que incurrieron, y por otra parte determinaron que el Instituto Nacional Electoral (INE) podrá emitir los lineamientos sobre Revocación de Mandato, de persistir dicha omisión legislativa.

Felipe Alfredo Fuentes Barrera, magistrado presidente de la Sala Superior del TEPJF, dijo que el INE podrá emitir, conforme a sus atribuciones constitucionales, los lineamientos pertinentes para instrumentar el proceso de Revocación de Mandato, con lo que se “evita una lesión irremediable a los principios y valores constitucionales”.

El plazo de 30 días otorgado por el TEPJF al Congreso correrá a partir del 1 de septiembre, fecha en que inicia el próximo periodo ordinario de sesiones de la sexagésima quinta legislatura.

“Que dentro de los 30 días naturales contados a partir del próximo 1 de septiembre, es decir cuando se da el inicio del periodo de sesiones, emita una ley que reglamente la fracción novena del artículo 35 constitucional”.

Expicó la magistrada de la Sala Superior del TEPJF, Janine Otálora Malassis.

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