Ya es oficial, publican la Reforma al Infonavit en el DOF, ¿qué cambiará?

Este viernes fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la nueva Ley del Infonavit, lo que hace que se implemente de manera oficial, pero ¿qué cambios implica esta reforma?, en Uno TV te lo explicamos.
En el artículo 2, se menciona que la Ley tiene como objeto:
“… Regular la organización, administración, operación, desarrollo, control, vigilancia y rendición de cuentas del Instituto, atendiendo a sus objetivos y a la naturaleza de sus funciones.”
Cambios con la Ley del Infonavit
Con la reforma, se plantea la construcción, reparación, ampliación o mejoramiento de sus viviendas, además de coordinar, financiar, ejecutar o invertir en programas de construcción y administración de viviendas destinadas a ser adquiridas en propiedad o en arrendamiento social por las personas trabajadoras.
También podrá otorgar en arrendamiento social los inmuebles que se construyan o que sean bienes recuperados.
Para la construcción de viviendas, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), constituirá una empresa filial en términos de la legislación mercantil.
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Es necesario resaltar que, esta empresa filial por su naturaleza no será considerada una entidad paraestatal y tendrá la plena capacidad de gestión para el ejercicio de sus funciones en términos del derecho privado.
A pesar de todo, esta filial del Infonavit deberá contribuir al cumplimiento de los objetivos y políticas de orden público e interés social del Instituto.
El Infonavit deberá cuidar que sus actividades se realicen dentro de una política integrada de vivienda y desarrollo urbano, sin dejar de lado los criterios ambientales, sociales y de Gobierno corporativo, lo que le da la posibilidad de coordinarse, no solo en los sectores públicos, sino también con el privado y el social.
Se señala que, las aportaciones de las personas empleadoras a las subcuentas de vivienda son patrimonio de las personas trabajadoras y en su conjunto conformarán el Fondo Nacional de la Vivienda.
Cambios que deben saber los trabajadores
- Al cumplir un año de cotización continua, los trabajadores derechohabientes también tendrán el derecho de participar en el programa de arrendamiento social de vivienda construida o administrada por el Instituto que se encuentre cerca de su centro de trabajo, y a participar en los programas de opción de compra de dichas viviendas.
- Para los esquemas de arrendamiento social, las personas trabajadoras derechohabientes tendrán derecho a utilizar su subcuenta de vivienda como mecanismo de garantía.
- Cuando una persona trabajadora hubiere recibido crédito del Instituto y este tenga conocimiento de que ha dejado de percibir ingresos salariales, le otorgará prórrogas en los pagos de la amortización que tenga que hacer por concepto de capital e intereses ordinarios, con efectos retroactivos a la fecha en que se suscitó la pérdida del ingreso referido. Durante dichas prórrogas no se generarán intereses ordinarios. Las prórrogas que se otorguen no podrán ser mayores de doce meses cada una, ni exceder en su conjunto más de veinticuatro meses y terminarán anticipadamente cuando la persona trabajadora inicie una nueva relación laboral.
- En caso de que hayan transcurrido 30 años contados a partir de la fecha de otorgamiento del crédito, el Instituto lo liberará del saldo pendiente, excepto en caso de pagos omisos de la persona trabajadora o por prórrogas concedidas.
Conformaciones de los órganos del Infonavit
Los integrantes de los órganos colegiados del Instituto no recibirán remuneración alguna por el desempeño de su función, pero serán responsables por el cumplimiento de las obligaciones que esta Ley les impone.
Los órganos del Instituto serán:
- La Asamblea General
- El Consejo de Administración
- La Comisión de Vigilancia
- El Comité de Auditoría
- La Dirección General
- La Comisión de Inconformidades
- El Comité de Transparencia
- Las Comisiones Consultivas Regionales
La Asamblea General es la autoridad suprema del Infonavit y que se integrará de manera tripartita por 30 personas, que se designarán de la siguiente manera:
- El Ejecutivo Federal designará 10
- Las organizaciones nacionales de personas trabajadoras designarán 10
- Las organizaciones nacionales de personas empleadoras designarán 10
Cada uno tendrá un suplente y cada integrante de la Asamblea General durará en el puesto 6 años, pudiendo ser removidos libremente por quien los designó.
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El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, cada seis años fijará, cuando corresponda la transición, las bases para determinar las organizaciones nacionales de personas trabajadoras y empleadoras que intervendrán en la designación de los integrantes de la Asamblea General.
Las sesiones de la Asamblea General serán siempre presididas por la persona titular de la Dirección General.
El Consejo de Administración estará conformado por doce integrantes, que serán designados por la Asamblea General:
- Cuatro por representantes del Gobierno Federal
- Cuatro por los representantes de las personas trabajadoras
- Cuatro por los representantes de las personas empleadoras
En este caso, también todos tendrán un suplente.
Solo el titular de la Dirección General podrá formar parte de la Asamblea General y del Consejo de Administración, quien presidirá las sesiones del consejo.
El titular de la Dirección General será nombrado por la persona titular de la Presidencia de la República y deberá actuar en su representación. Para ocupar dicho cargo, se requiere ser persona mexicana por nacimiento, de reconocida honorabilidad, con experiencia técnica y administrativa.
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Cabe mencionar, la Asamblea General será quien supervise el desempeño de la empresa filial al Infonavit, así como su cumplimiento mediante el informe que se presente en las sesiones ordinarias.
La Comisión de Vigilancia se conformará por nueve integrantes, tres elegidos por cada sector, con un suplente y ninguno podrá pertenecer a otro órgano.
El Comité de Auditoría se integrará de forma tripartita también por cada sector, sujetos a los procesos con el Consejo de Administración, la Comisión de Vigilancia, y la Asamblea General.
El Comité de Transparencia se integrará de forma tripartita también por cada sector, los cuales serán designados por la Asamblea General, durarán en su cargo seis años.