UNAM no puede divulgar datos sobre ministra Yasmín Esquivel, determina jueza

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Magistrada Yasmín Esquivel. Foto: Cuartoscuro

La Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) no puede divulgar información sobre el proceso que lleva a cabo contra la ministra Yasmín Esquivel, determinó la jueza federal Sandra de Jesús Zúñiga.

Al otorgar una suspensión provisional en contra de la integración de los Comités de Ética de la UNAM, encargados de investigar el presunto plagio de la tesis de la licenciatura en Derecho de Esquivel Mossa, la jueza también ordenó a la máxima casa de estudios no emitir comunicados, ni realizar conferencias de prensa sobre el caso.

  • La medida cautelar tiene por efecto que las autoridades responsables y todas aquellas que tengan intervención en el asunto, se abstengan de emitir comunicados o conferencias de prensa en los que divulguen información relativa al caso.

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En el acuerdo, difundido por Milenio, se lee que la divulgación de información sobre el caso “atenta contra el principio de presunción de inocencia”, además de que se establece que con la orden no se atenta contra la libertad de expresión de las autoridades responsables las cuales:

“Deben tener en cuenta sus responsabilidades y obligaciones como servidores públicos y actuar con moderación cuando expresen sus opiniones y puntos de vista en cualquier circunstancia en que, a los ojos de un observador razonable, puedan comprometer objetivamente su cargo, su independencia o su imparcialidad en los asuntos que conocen conforme a sus atribuciones y facultades legales”.

Ministra obtiene amparo contra comité de Ética de la UNAM

La ministra Yasmín Esquivel Mossa obtuvo una suspensión provisional en contra de la integración de los Comités de Ética de la UNAM, encargados de investigar el presunto plagio de la tesis de la licenciatura en Derecho de la integrante del Alto Tribunal.

Esquivel Mossa promovió el juicio de garantías en contra del acuerdo del 29 de agosto de 2019 publicado en la gaceta de la UNAM, en donde se establecen los lineamientos para la integración, conformación y registro de los Comités de Ética.

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La ministra promovió el amparo bajo el argumento de que se violan los artículos 14 y 16 constitucionales, referentes a que a “ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna” y a que “nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente”, respectivamente.

El juicio de amparo fue promovido el pasado 13 de febrero y la juzgadora Sandra de Jesús Zúñiga, concedió la suspensión provisional en el cual aclaró que “no sólo las autoridades responsables están obligadas a cumplir con este mandato judicial, sino también todas aquellas que en virtud de sus funciones tengan intervención, participación o injerencia en relación con el acto reclamado”.

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