¿Cuándo pagarán las empresas las utilidades 2025?

Si la cuesta de enero te resultó muy pesada, te tenemos una buena noticia, y es que ya se acerca el pago de utilidades 2025, con lo que podría llegarte algo de dinero extra. En Unotv.com te contamos al respecto.
Recuerda que, según la ley, si recibes, y cuánto recibes, dependerá de diversos factores, uno de ellos cómo le fue a la empresa en la que trabajas durante el año pasado, si tuvo ganancias y los días que trabajaste.
¿Cuándo pagarán las utilidades 2025?
Antes de entrar en los detalles, hay que recordar que el pago de utilidades es obligación de todo patrón, según algunos factores, y que todo trabajador con relación laboral estable debe recibirlos.
En este sentido, la Ley Federal del Trabajo (LFT), apunta que “los trabajadores participarán en las utilidades de las empresas, de conformidad con el porcentaje que determine la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas”.
Agrega que la cantidad que reciba cada trabajador dependerá de las ganancias reportadas por la empresa durante el año fiscal anterior, el porcentaje antes mencionado, y el número de días laborados.
Este derecho aplica para todos los trabajadores que laboraron al menos 60 días durante el año en empresas con utilidades netas mayores a los 300 mil pesos en 2016 y con más de un año funcionando.
- Recuerda que debes recibir tus utilidades incluso si ya no trabajas en esa empresa, siempre y cuando lo hiciste más de 60 días durante 2024.
Mientras que, según la misma LFT, tu empleador tendrá hasta 60 días después de la fecha en que debe pagarse el impuesto anual, es decir, hasta el 29 de mayo, si laboras para una persona moral (empresa), siendo que esta tiene hasta el 31 de marzo para presentar su declaración anual 2024.
Por otro lado, si trabajas para una persona física (patrón), entonces podrías recibir tus utilidades hasta el 29 de junio, ya que estas deben presentar su declaración anual 2024 entre el 1 y el 30 de abril.
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Seguramente te preguntarás ¿por qué hasta mayo y junio? Muy sencillo, y es que la LFT ordena a todas las personas morales, y físicas con actividad empresarial, a compartir su declaración anual entre sus empleados, en menos de 10 días desde su presentación, a fin de que conozcan el estado financiero del centro de trabajo.
De igual forma, da a los sindicatos, o mayoría de los trabajadores de un centro de trabajo, un plazo de 30 días para presentar sus observaciones ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
Como estos trámites tardan tiempo, pues también la SHCP tiene un plazo para emitir una respuesta, todo empleador debe pagar las utilidades a sus trabajadores antes de la fecha límite (29 de mayo o 29 de junio), aun cuando todavía no haya una respuesta a las observaciones.
¿A quiénes no les toca recibir utilidades?
Por otro lado, hay algunos trabajadores a los que no les toca recibir utilidades, siendo los siguientes, según la LFT:
- Trabajadores domésticos
- Directores, administradores y gerentes generales
- Trabajadores por honorarios
También hay empleadores que no están obligados a cumplir con esta obligación a sus trabajadores:
- Empresas de nueva creación (en su primer año)
- Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e instituciones públicas
- Empresas con capital menor al fijado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social
- Instituciones de asistencia privada con fines humanitarios, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios
En tanto que, si ya acabó ese mes y no recibiste nada, deberás acudir ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), antes del año, es decir, antes del 29 de mayo o junio de 2026, para hacer valer tus derechos.