Ponte buzo: ¿Cuánto te retienen de impuestos si retiras recursos de la Afore?

¿Cuánto te retienen de impuestos si retiras recursos de la Afore?
¿Cuánto te retienen de impuestos si retiras de la Afore? Foto: Shutterstock

Si retiras los recursos de las subcuentas de ahorro para el retiro de la Afore, deberán efectuarte una retención por concepto de Impuesto Sobre la Renta (ISR) y para ello debes saber cuánto te puede descontar el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

¿Cuánto te retienen de impuestos si retiras recursos de la Afore?

El artículo 96-Bis de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) establece una tasa de retención aplicable a los ingresos que percibas de las subcuentas de ahorro para el retiro. En promedio son del 5% al 7%. Por ejemplo, si recibieras 100 mil pesos, la retención sería de entre 5 y 7 mil.

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) explica que la retención no se aplica por la totalidad del ingreso obtenido, sino sobre el ingreso gravado, es decir, el monto total que recibes.

Señala que a esa cantidad se le resta el monto exento equivalente a 90 veces el salario mínimo general del área geográfica que te corresponda por cada año de contribución de las subcuentas de retiro. Solamente sobre el excedente del monto exento se calcula la retención del ISR.

Si sólo recibes tu ingreso de la Afore, la retención de impuesto efectuada se considerará definitiva y no tendrás la obligación de presentar la declaración anual.

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¿Si obtienes otros ingresos debes presentar declaración anual?

Sin embargo, si obtienes otros ingresos por salarios, honorarios, arrendamiento o intereses, estarás obligado a presentar la declaración anual debiendo acumular todos tus ingresos en el ejercicio respectivo.

¿Qué pasa si recibes los recursos de la Afore como heredero?

Si los recursos de las subcuentas de retiro los recibes como beneficiario o heredero, no estás obligado a pagar ISR, al tratarse de ingresos que tienen la misma naturaleza de salarios.

Al ser la única y legítima persona beneficiaria o heredera de dichos recursos, se debe otorgar el mismo tratamiento fiscal de aquellos que se reciben como herencia o legado, es decir, se encuentran exentos del pago de ISR.

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Si tienes dudas, puedes dirigirte a Prodecon al teléfono 55 12 05 9000 en la Ciudad de México, al 800 611 0190 en el interior del país o en el extranjero al (+52) 55 1205 9000.

También, puedes escribir a atencionalcontribuyente@prodecon.gob.mx y en el chat en línea https://www.prodecon.gob.mx/home-prodecon/chat/, donde te darán una asesoría personalizada.

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