¿Qué pasa si no hago mi declaración anual 2021?

La declaración anual es un trámite oficial que se realiza ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para ejercer la contribución fiscal; reporta las operaciones realizadas en el año que ha finalizado, y el SAT la recibe a fin de incrementar la recaudación. Pero ¿qué pasa si no la realizas en tiempo y forma?

Diversos bancos de México explican a contribuyentes, ciudadanos que pagan impuestos, que serían acreedores a multas por no emitir su declaración anual:

  • Multa por no presentar declaración anual en caso de tener que hacerla
  • Multa por cada una de las obligaciones incumplidas

Las multas van desde los mil 400 hasta los 17 mil 370 pesos. Por cada declaración anual presentada fuera del plazo, o por incumplir los requerimientos, la sanción va de los mil 400 a los 34 mil 730 pesos. Para los que están obligados a hacerla y la omiten, la sanción va de los 4 mil 230 a los 28 mil 490 pesos.

En abril y mayo declaran al SAT las personas físicas que obtuvieron ingresos por:

Salario:

  • De una sola patrona o patrón y dejaron de recibirlo antes del 31 de diciembre
  • Si además obtuvieron ingresos distintos de salarios
  • Si trabajaron para dos o más patronas o patrones de manera simultánea
  • Si los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener
  • Si además obtuvieron ingresos por indemnización o jubilación
  • Si la totalidad de los ingresos anuales por este concepto excede de 400 mil pesos
  • Servicios profesionales, aquellos que obtienen ingresos por su cuenta y emiten comprobantes de honorarios
  • Actividades empresariales, incluidas quienes tributan en el Régimen de Incorporación Fiscal y optaron por hacer pagos provisionales bimestrales aplicando coeficiente de utilidad
  • Actividades empresariales realizadas únicamente a través de plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas o similares, que no hayan optado por realizar pagos definitivos
  • Cobrar rentas por algún bien inmueble (departamento, casa o local comercial)
  • Reciben intereses o dividendos
  • Enajenaron bienes, si vendieron algún bien
  • Adquisición de bienes, si compraron algún bien

Beneficios de la declaración anual

Las personas físicas que presentaron su declaración anual en la primera semana de abril, recibieron su devolución en la segunda semana, informó la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon).

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