Devolución exprés a quien declare en primera semana de abril: Prodecon

Las personas físicas que presenten su declaración anual en la primera semana de abril, recibirán su devolución en la segunda semana, informó la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon).

De acuerdo con un comunicado de la Prodecon, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) devolverá los saldos a favor en la segunda semana de abril a quien declare en la primera.

“Es importante destacar que aquellos contribuyentes que realicen su Declaración Anual durante la primera semana de abril y resulten con saldo a favor procedente, a través del aplicativo automático de devoluciones, la autoridad fiscal le realizará el depósito correspondiente durante la segunda semana del citado mes”.

Comunicado de la Prodecon.

La Prodecon invitó a los usuarios a una serie de webinars gratuitos donde “expertos fiscalistas de la Procuraduría explicarán vía YouTube, paso a paso el llenado y envío de la declaración anual”.

¿Cómo se hace una declaración anual?

La declaración para personas físicas, si es que no hay cambios en los plazos por parte del SAT debido a la emergencia sanitaria, se tiene que presentar en el mes de abril de 2021, y se debe de declarar el Impuesto sobre la Renta (ISR) del ejercicio para dichas personas, de acuerdo a su régimen fiscal.

  • En 2021 se presentará el reporte de gastos del 2020

Para presentar la declaración debes hacer lo siguiente:

  • Ingresar a la página de internet del SAT: necesitas tu RFC de 13 dígitos y la contraseña.
  • Seleccionar, en la parte superior izquierda, la pestaña de declaraciones.
  • Elegir qué tipo de persona eres: física o moral.
  • Luego, se desplegará un menú en el que tendrás que colocar tu RFC, contraseña, e.firma (antes firma electrónica) y mandar los datos.  
  • Después, se desplegará un tipo hoja de cálculo, donde deberás colocar los datos que pide el SAT.
  • Tras llenar el formulario, deberás mandarlo y después recibirás un acuse de recepción de la información, con número de operación y sello digital.

De acuerdo con el SAT, las personas físicas tendrán hasta 30 de abril para presentar su declaración anual.

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