Declaración Anual 2021: Estos son los gastos que se pueden deducir

Los gastos ocasionados por COVID-19 son uno de los rubros que puedes deducir en la Declaración Anual 2021.

“Hablamos de gastos médicos, gastos dentales, hospitalarios, de funeral, el pago a nutriólogos”.

Deyanira Arizbe, especialista en temas fiscales.

La Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), estipula en su artículo 151 que se pueden deducir prácticamente todos los gastos relacionados con la salud, aunque existe una condicionante, siempre dejar huella en el sistema financiero, es decir facturar y no realizar pagos en efectivo.

“Hay que considerar únicamente que los pagos de estos conceptos se tienen que hacer con cheque, con transferencia, con tarjeta de crédito o tarjeta de débito”.

Miguel Ángel Suárez, pdte. Comisión Fiscal, Asociación Mexicana de Contadores Públicos.

La factura debe contener el Comprobante Fiscal Digital (CFDI).

Tanques y concentradores de oxígeno, material de curación, sillas de ruedas, sí pueden deducirse.

Para la deducción de servicios funerarios, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) pone ciertas restricciones.

“La ley es muy clara y señala que únicamente son deducibles los pagos que se hacen por la eventualidad que ocurre en ese momento y si contratamos a futuro, hasta que se utilice el servicio se puede hacer la deducción”.

Miguel Ángel Suárez, Asociación Mexicana de Contadores Públicos.

La autoridad fiscal aclara que en la Declaración Anual se podrá declarar el pago de estos servicios sí y sólo sí:

“Solamente sobre descendientes, ascendientes en línea recta, cónyuge o concubina, no podemos hacerlo con el primo ni con el amigo”.

Miguel Ángel Suárez, Asociación Mexicana de Contadores Públicos.

Si usted busca declarar servicios de salud y funerarios, acérquese a su contador.

“Lo más importante es que al día de hoy cuenten con todos los elementos para poder entregarlo a sus contadores de manera oportuna y pudiéramos estar recuperando algunos saldos a favor”.

Deyanira Arizbe, especialista en temas fiscales.

Servicios odontológicos, oftalmológicos, de nutriólogos y terapias psicológicas también pueden deducirse. Recuerde que la declaración para personas físicas es durante el mes de abril.

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