¿Tienes más de 18 y sin trabajo? No le tengas miedo al SAT y regístrate con confianza

Tus obligaciones con el SAT dependen del régimen donde te encuentres
¿Dudas por obligaciones con el SAT? Pide asesoría. FOTO: Cuartoscuro | Archivo

Desde que se hizo obligatorio que a partir de los 18 años la población mexicana se registre ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) han surgido las dudas entre la población sobre las obligaciones que deben tener si no cuentan con trabajo y ahora te lo decimos.

El realizar la declaración de impuestos mensual o anualmente, según sea tu caso, se ha vuelto un problema y hasta motivo de miedo para muchos, sin embargo, la cuestión radica en la situación que te encuentres registrado en el SAT y a qué te dediques.

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Tengo 18, pero no tengo empleo, ¿cómo aplica?

Si bien fue a partir de 2022 que todas las personas mayores de 18 años en el país tienen que realizar su Registro Federal de Contribuyentes (RFC), no quiere decir que deba significar un problema.

La activación del RFC se debe realizar debido a que va a ser necesario el uso de la firma electrónica para algunos trámites, pero hay que tener en cuenta que las personas que no se encuentren laborando actualmente o no cuenten con una actividad remunerada serán ingresados en el SAT dentro del régimen de persona física sin actividad económica o sin obligaciones fiscales, lo que demuestra que esta situación fue prevista al momento de agregar este registro en la reforma fiscal 2022.

¿Si me registran estaré obligado a presentar declaraciones en el SAT?

La realidad es que no, al ser registrado como una persona física sin actividad económica o sin obligaciones fiscales, de acuerdo con el Código Fiscal de la Federación, del apartado A, del artículo 27, no será necesario que presenten declaraciones mensuales o anuales, y tampoco tendrán que pagar contribuciones de esta índole.

Incluso pueden dormir tranquilos, porque tampoco serán aplicables sanciones algunas, como se indica en el artículo 80, fracción I.

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¿Hay algo más que deba saber?

En efecto, si tuviste alguna actividad remunerada durante el año fiscal del que debes realizar tu declaración, es obligatorio realizarla. Si se dio el caso que perdiste el empleo o te saliste de laborar, será necesario avisar al SAT la situación en la que te encuentras y realizar la declaración o declaraciones pendientes.

¿Cuándo es la declaración anual 2023?

Para este año 2023, se realizará la declaración anual conforme lo percibido en 2022 y las fechas para realizarla serán a partir del 1 de abril hasta el día 30 de 2023.

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¿Quiénes deben realizar la declaración ante el SAT?

Las personas que deben cumplir con esta obligación fiscal son quienes:

  • Tuvieron 2 o más empleadores en el último año
  • Sus ingresos excedieron los 400 mil pesos en el último año
  • Recibieron un sueldo de empresas en el extranjero que no tengan obligación de hacer retenciones en México.
  • Recibieron conceptos de indemnización o jubilación
  • Trabajadores bajo el régimen de honorarios (Servicios Profesionales)
  • Aquellos que cobran rentas o hicieron una venta de un inmueble
  • Quienes realicen actividades empresariales, a menos que tributen en el Régimen de Incorporación Fiscal.
  • Los que obtuvieron ingresos por concepto de intereses reales que superaron los 100 mil pesos.

En ocasiones, se piensa de forma errónea, que al recibir un pago a través de nómina, no es necesario declarar impuestos, aunque no siempre es así. Si eres asalariado, pero tu caso cae en alguna de estas categorías, sí debes considerar realizar tu declaración de impuestos:

  • Terminaste tu relación laboral antes del último día del año
  • Obtuviste ingresos de dos empleadores simultáneamente
  • Recibiste otros ingresos además de tu salario
  • Tu sueldo provino de un empleador que no realiza retenciones
  • Recibiste una indemnización laboral
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