¿El SAT te regresará dinero? Mira quiénes sí y quiénes no pueden solicitar devolución

Se aproxima una fecha crucial para todos los contribuyentes: la declaración anual de impuestos, de ésta depende tener una buena salud financiera y que cumplas con tus obligaciones fiscales. Otra consecuencia (positiva) es que sabrás si tienes saldo favor, mismo que puedes solicitar al SAT como devolución. Pero ¿eres susceptible de recibirla?

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El SAT podría negarte la devolución

Para este año, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) estará negando la devolución de impuestos a ciertas personas, luego de realizar la declaración anual, por lo que es importante que sepas a quiénes no se les dará devolución de impuestos de 2023.

Según se puede consultar en el sitio de internet del SAT, quienes no puedan aplicar la facilidad de solicitar la devolución en forma automática será aquellas personas que:

  • Hayan obtenido durante el ejercicio fiscal anterior, ingresos derivados de bienes o negocios en copropiedad, sociedad conyugal o sucesión
  • ​Soliciten devolución por ejercicios fiscales distintos al año anterior
  • ​Presenten su solicitud de devolución vía Formato Electrónico de Devoluciones (FED), previo a la obtención del resultado de la declaración anual
  • ​Presenten la declaración anual normal o complementaria, del ejercicio fiscal anterior, no habiendo elegido opción de devolución
  • ​Se trate de contribuyentes cuyos datos estén publicados en el Portal del SAT, al momento de presentar su declaración anual de conformidad con lo dispuesto en los párrafos penúltimo, fracción III y último del artículo 69 del CFF, así como a los que se les haya aplicado la presunción establecida en el artículo 69-B del mismo Código, una vez que se haya publicado en el DOF y en el Portal mencionado el listado a que se refiere el cuarto párrafo del citado artículo 69-B
  • ​Soliciten la devolución con base en comprobantes fiscales expedidos por los contribuyentes que se encuentren en la publicación o el listado a que se refieren los artículos 69 o 69-B del CFF
  • ​Al contribuyente se le hubiere cancelado el certificado emitido por el SAT de conformidad con lo establecido en el artículo 17-H, fracción X del CFF, durante el ejercicio fiscal anterior

¿Quiénes sí son candidatos para recibir devolución de impuestos?

La misma página de internet, señala que para que proceda la devolución en forma automática de la declaración anual debes haber cumplido con lo siguiente:

  • Haber señalado la opción de devolución en la declaración anual del ejercicio
  • Haber presentado tu declaración de forma electrónica con contraseña, e.firma o e.firma portable, según corresponda
  • Contar con número de cuenta CLABE a 18 dígitos que se encuentre activo para que, en caso de que proceda el importe autorizado, sea depositado
  • La cuenta CLABE debe ser única por contribuyente

No pierdas de vista que si el saldo a favor que resulta de la declaración anual excede los 150 mil pesos no podrás realizar el trámite de forma automática, sino que deberás aplicar a través del Formato Electrónico de Devoluciones (FED).

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