¿Qué pasa si no pagas el refrendo vehicular?

Cuando no se paga el refrendo a tiempo, hay multas. Foto: Cuartoscuro / Archivo

Se acerca la fecha límite para pagar el refrendo vehicular 2021; en Ciudad de México (CDMX) y Estado de México (Edomex), si no lo haces antes del 31 de marzo, deberás pagar una multa, cuyo monto dependerá de la entidad federativa en la que vivas.

  • El refrendo de la tenencia es un subsidio que ofrece el Gobierno para autos que no superen los 250 mil pesos más IVA, en el caso de la Ciudad de México (CDMX); en el Estado de México (Edomex) es de hasta de 400 mil pesos sin IVA.

¿Qué es el refrendo?

El refrendo es una obligación fiscal, la cual se paga por el uso de placas en determinada entidad de México. Mientras que la tenencia es para personas que están registradas como propietarios de un automóvil (en CDMX y Edomex, de un costo superior a los referidos anteriormente, por lo que los dueños no son candidatos a pagar refrendo). Éste se calcula, según modelo y marca, y el cobro depende del estado donde se radique.

¿Qué pasa si no pagas el refrendo a tiempo?

Por lo general, los gobiernos dan un plazo para que la ciudadanía tenga un beneficio del subsidio del pago de la tenencia, mejor conocido como refrendo. En este 2021, es de tres meses. Sin embargo, si no cumples con el pago a tiempo, serás sancionado.

En Edomex, si no se paga a tiempo, el refrendo se acumula y generará recargos y actualizaciones, según al Código Financiero de la entidad.

  • En CDMX, deberás pagar el refrendo, multa y recargo por cada mes de atraso.

Aún hay tiempo

Si todavía no pagas el refrendo, y vives en CDMX o Estado de México, debes de ingresar a la Secretaría de Administración y Finanzas (SAF) y Tenencia Edomex, respectivamente.

Según el portal de Edomex, no procede cuando:  

  • Los pagos de derechos por servicios de control vehicular se realicen con posterioridad al 31 de marzo.
  • Los vehículos que provengan de otra entidad
  • Los contribuyentes propietarios de vehículos de servicio particular con placas de circulación expedidas en el ejercicio fiscal 2015 y anteriores que no hayan cumplido con la obligación de realizar la renovación de placas durante los años 2019 y 2020.
  • Los contribuyentes que tengan adeudos del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos vigente en la entidad o de derechos de control vehicular de los ejercicios fiscales 2019 y anteriores.
  • Los contribuyentes que obtengan durante el ejercicio fiscal 2021 beneficios de condonación de adeudos del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos y derechos de control vehicular de ejercicios fiscales anteriores, respecto del mismo vehículo automotor.

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