Si uno de tus propósitos es unir tu vida al lado de otra persona hasta que la muerte los separe y casarte, debes saber que puedes solicitar el retiro por Gastos de Matrimonio de tu Afore.
Este beneficio puede ser adquirido por cualquier persona afiliada a una Afore, el cual consiste en llevar a cabo un retiro parcial de la cuenta individual, el monto debe ser el equivalente a 30 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a la fecha en la que se realizó el matrimonio civil.
¿Cuáles son los requisitos para el retiro por Gastos de Matrimonio?
Para poder tener acceso a este apoyo, se debe tener en cuenta lo siguiente:
- Haber firmado el acta de matrimonio civil después del 1º de julio de 1997
- Tener un mínimo de 150 semanas cotizadas contadas al momento del matrimonio Civil
- Sólo aplica una sola vez por lo que si vas por el segundo, no tendrás derecho al retiro
- Tener completo tu Expediente de Identificación
- En caso de ser desempleado y celebrar el matrimonio dentro de los 90 días hábiles a partir de la baja ante el IMSS
¿Cuáles son los documentos que se necesitan?
Según la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), se requieren los siguientes documentos para tramitarlo:
- Identificación Oficial vigente: INE, Pasaporte, Cédula Profesional y Cartilla Militar
- Comprobante de domicilio no mayor a 3 meses de antigüedad
- Acta de Matrimonio
- Estado de cuenta bancario con CLABE interbancaria, no mayor a 3 meses de antigüedad (opcional)
Cabe mencionar que este retiro parcial del fondo de ahorro sólo puede tramitarse una vez y aplica solamente para casamientos por lo civil.
En caso de que ambos deseen retirar esta prestación, deben hacer el trámite, cada uno por su cuenta, además tener en cuenta de que el saldo que se entregará proviene de la cuota social que aporta el Gobierno Federal a la Cuenta Individual.