Retraso o cancelación de vuelo: conoce las compensaciones que puedes exigir

| 11:13 | Redacción | Uno TV
Rayo cae sobre avión en aeropuerto de Brasil
Foto: Getty Images / Ilustrativa

En México, los retrasos o cancelaciones de vuelo por lluvia o condiciones meteorológicas adversas se consideran causas de fuerza mayor y, de acuerdo con la Ley de Aviación Civil y la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), tienen un tratamiento distinto a cuando son atribuibles a la aerolínea.

Importante: Si la cancelación es por causas ajenas a la aerolínea (clima, cierre de aeropuerto, etc.), la compensación puede variar y dependerá de la política de cada empresa.

Derechos de los pasajeros en caso de lluvia

Aunque no haya compensación monetaria, las aerolíneas deben cumplir ciertas obligaciones. En caso de retraso o cancelación por lluvia, la empresa debe informar la situación, brindar alimentos, bebidas, hospedaje y transporte terrestre si el tiempo de espera así lo requiere.

Obligaciones de la aerolínea ante retrasos por mal clima

Cuando el retraso es de una a dos horas, las aerolíneas deben ofrecer acceso a llamadas telefónicas y correo electrónico.
Si la espera se prolonga entre dos y cuatro horas, también deben brindar alimentos y bebidas.
En casos superiores a cuatro horas o cancelaciones, la aerolínea debe reprogramar el vuelo sin costo o proporcionar transporte alternativo.

Diferencia con retrasos atribuibles a la aerolínea

En retrasos o cancelaciones imputables a la aerolínea, sí procede una compensación económica mínima del 25% del valor del boleto, además de apoyos adicionales. Sin embargo, cuando la causa es lluvia, tormentas eléctricas o neblina, solo aplica la asistencia en servicios y la reprogramación del vuelo.