Actividad empresarial, asalariado, honorarios y más: ¿cuáles son y qué significan los regímenes fiscales del SAT?

El SAT cuenta con varios regímenes fiscales para personas físicas; conoce en cuál tienes que estar dado de alta.
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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene varios regímenes fiscales para las personas físicas, los cuales se entienden como un conjunto de derechos y obligaciones para los ciudadanos de acuerdo al desempeño de sus actividades económicas.

Los regímenes fiscales del SAT son, a grandes rasgos, una forma de agrupar las actividades económicas para que los contribuyentes paguen sus impuestos ante la Hacienda pública.

Los regímenes fiscales del SAT son:

  • Actividad Empresarial
  • Arrendamiento
  • Asalariado
  • Intereses
  • Servicios Profesionales
  • Incorporación Fiscal

Pero ¿qué significan cada uno y para quiénes están dirigidos? A continuación, en Unotv.com te lo explicamos, de acuerdo con información del SAT.

Régimen fiscal – Actividad empresarial

Es para quien realice actividades comerciales, industriales, de autotransporte, agrícolas, ganaderas, de pesca o silvícolas, etc. Las personas que se dediquen a este tipo de empleos o tengan estos negocios deben estar incorporados a este régimen.

  • Talleres mecánicos
  • Imprentas
  • Restaurantes
  • Cafeterías
  • Cocinas económicas
  • Cantinas / bares
  • Tiendas de abarrotes
  • Salones de belleza
  • Misceláneas y minisúper
  • Escuelas privadas como kínder, guarderías, etc.
  • Ferreterías, refaccionarias, etc.

Régimen fiscal – Arrendamiento

Es para personas que obtengan ingresos por rentar o alquiler bienes inmuebles, como:

  • Casas habitación
  • Departamentos habitacionales
  • Edificios
  • Locales comerciales
  • Bodegas

Régimen fiscal – Asalariado

En éste se encuentran personas físicas que perciben salarios vía nómina y demás prestaciones derivadas de un trabajo y se pone a disposición de un empleador. Es también para personas a las que se les otorgan prestaciones como reparto de utilidades e indemnizaciones por separación de su empleo. Por ejemplo:

  • Empleados de fábricas
  • Empleados en empresas del sector privado
  • Funcionarios públicos
  • Empleados de sociedades y asociaciones civiles
  • Empleados de cooperativas de producción

Régimen fiscal – Intereses

Es aquel en el que las personas físicas obtienen ingresos que les pagan las instituciones como:

  • Bancos
  • Instituciones de seguros y financieras

Lo anterior, derivado de cuentas o inversiones bancarias, conocidos como intereses. Si recibiste pagos por concepto de intereses, estás en este régimen.

Régimen fiscal- Servicios profesionales (honorarios)

Les corresponde tributar en este régimen a las personas físicas que obtengan ingresos por prestar servicios profesionales de manera independiente (no como asalariados) a empresas, dependencias de Gobierno o a personas físicas en general, por ejemplo:

  • Abogados
  • Contadores
  • Arquitectos
  • Médicos
  • Dentistas
  • Ingenieros
  • Diseñadores gráficos
  • Redactores en medios digitales
  • Músicos
  • Maestros

Régimen Fiscal – Incorporación Fiscal

En este régimen se encuentran registrados aquellos contribuyentes con actividades empresariales que obtengan ingresos de hasta 2 millones de pesos anuales y que presenten el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones ante el SAT. Algunas de las actividades de este tipo de régimen son:

  • Tiendas de abarrotes
  • Carnicerías
  • Papelerías
  • Tianguistas
  • Locatarios de mercados
  • Vendedores sin local fijo
  • Taxistas
  • Plomeros
  • Herreros
  • Carpinteros
  • Peluqueros

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