¿Cuánto dura el servicio médico del IMSS después de un despido o renuncia?

Si terminas relación laboral, ya sea por despido o por renuncia voluntaria, no pierdes derechos en automático ante el IMSS.
¿Cuánto dura el servicio médico del IMSS después de un despido? Foto: Cuartoscuro

Si terminas relación laboral, ya sea por despido o por renuncia voluntaria, debes saber que no pierdes tus derechos en automático ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), ya que puedes seguir gozando del seguro médico por un periodo corto. Sabes ¿cuánto dura el servicio médico del IMSS después de un despido o renuncia?

Una de las prestaciones más comunes de los trabajadores es que son dados de alta por su patrón ante el IMSS, con el objetivo de que puedan tener acceso a atención médica en las clínicas y hospitales generales y de especialidades del Instituto, accedan a incapacidades cuando ocurre un accidente por riesgo de trabajo o seguros por enfermedad.

Ya sea que hayas concluido una relación laboral por despido o por renuncia voluntaria con alguna empresa, los trabajadores dejan de tener acceso a todas sus prestaciones, incluidas la de atención ante el IMSS y el patrón en automático te debe dar de baja y con ello, deja de pagar cuotas de inscripción al Instituto.

¿Cuánto dura el servicio médico del IMSS después de un despido o renuncia?

De acuerdo con el artículo 109 de la Ley del Seguro Social, el trabajador tiene el derecho a recibir asistencia médica de maternidad, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria que sea necesaria dentro de las ocho semanas posteriores a la baja, siempre y cuando haya cubierto, cuando menos ocho semanas de cotización ininterrumpidas antes de la baja.

De su lado, el patrón deberá de presentar la baja del trabajador ante el IMSS en los cinco días posteriores para que deje de pagar las cuotas correspondientes.

¿Cómo sacar la Constancia de Vigencia de Derechos?

Si terminas tu relación laboral, no olvides pedir una “Constancia de Vigencia de Derechos”, la cual es muy útil para revisar la vigencia de tus derechos y los de tus beneficiarios para que puedan seguir accediendo a la atención médica del IMSS.

Para solicitar la “Constancia de Vigencia de Derechos” del IMSS debes ingresar a la página de servicios digitales del instituto en este enlace. Para realizar este trámite, deberás ingresar los siguientes datos:

  • CURP
  • NSS (Número de Seguridad Social)
  • Correo electrónico válido, el cual será asociado a tu CURP

Los datos personales que se recaben serán utilizados con la finalidad de generar y obtener la “Constancia de Vigencia de Derechos” ante el IMSS, la cual te llegará en automático a tu bandeja de entrada de tu correo electrónico.

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