¡No te pongas triste! Si trabajaste el 16 de septiembre, conoce cuánto recibirás en la quincena

Por ser el 16 de septiembre un día de descanso obligatorio, la Ley estipula un pago extra por el servicio prestado a la empresa.
La Ley estipula un pago extra por trabajar en día de descanso. Foto: Getty Images.

Pozole, pambazos, esquites, música y un tequilita, todo estuvo bien divertido para dar el Grito de Independencia la noche del 15 de septiembre, pero el inconveniente llega si eres de las personas que les toca trabajar al día siguiente, porque debiste dormir temprano, sin la posibilidad de continuar con los festejos, para presentarte con toda la actitud a tu centro de trabajo. 

Pero no todo es malo, ya que al ser el 16 de septiembre un día de descanso obligatorio, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), habrá una remuneración extra el día que percibas tu salario. Aquí los detalles. 

¿Cuento debo percibir si trabajo el 16 de septiembre? 

La LFT estipula, en su Artículo 74, que los días de descanso obligatorio son:  

  • El 1 de enero 
  • El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero 
  • El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo 
  • El 1 de mayo 
  • El 16 de septiembre 
  • El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre 
  • El 1 de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal 
  • El 25 de diciembre 
  • El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral

En ese sentido, el Artículo 75 señala: 

“Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”. 

En caso de que te toque trabajar, tu pago llegará más un doble de ese día por haber laborado el 16 de septiembre. Si tu salario diario, por ejemplo, es de 100 pesos, tendrás un extra de 200 pesos

Importante, aunque en este 2022 no es el caso, pero si se diera que el 16 de septiembre fuera un domingo, el Artículo 71 refiere: 

“Los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un 25%, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo”. 

Entonces, ya no serían 200 pesos extra, sino 225. Así que ya lo sabes, no todo está perdido si te tocó dormir y no disfrutar con todo el Grito de Independencia, en la quincena se verá reflejado tu esfuerzo

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