¿Cómo tramitar pensión del ISSSTE por causa de muerte del trabajador?

Si eres un trabajador que cotiza en el ISSSTE, su marco jurídico contempla una pensión por causa de muerte. Checa los detalles.
Si eres un trabajador que cotiza en el ISSSTE, su marco jurídico contempla una pensión por causa de muerte. Checa los detalles. Foto: Shutterstock.

Una pensión, señala el Gobierno de México, es una prestación económica destinada a proteger al trabajador al ocurrirle un accidente de trabajo, al padecer una enfermedad o accidentes no laborales, al cumplir al menos 60 años de edad o en caso del fallecimiento del trabajador. 

Si cotizas para el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los trabajadores del Estado (ISSSTE), su marco jurídico también contempla el rubro de pensión en caso de muerte; a continuación, los detalles en qué consiste y cómo tramitarla. 

Pensión por causa de muerte

Como lo estipula el Artículo 129 de la Ley del ISSSTE, “la muerte del trabajador por causas ajenas al servicio, cualquiera que sea su edad, y siempre que hubiere cotizado al Instituto por tres años o más, dará origen a las pensiones de viudez, concubinato, orfandad o ascendencia en su caso”.

“El derecho al pago de la Pensión por causa de muerte se iniciará a partir del día siguiente al de la muerte de la persona que haya originado la Pensión”. 

Ley del ISSSTE 

Requisitos y costo del trámite de la pensión por causa de muerte

En caso de desear realizar un trámite para solicitar la pensión por causa de muerte, éste se realiza de manera presencial en el Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene del ISSSTE más cercano a tu domicilio, presentando los siguientes documentos generales: 

  • Último comprobante de pago como trabajador(a)
  • Acta de defunción del trabajador(a) o ex trabajador(a)
  • Identificación oficial de los familiar(es) derechohabiente(s) del trabajador(a) o ex trabajador(a) (INE vigente, pasaporte vigente o cédula profesional. Para extranjeros presentar FM-2)
  • Estado de cuenta con CLABE interbancaria

Para viudez:

  • Acta de matrimonio (con fecha de expedición posterior al fallecimiento)

Para hijos menores de edad o familiar beneficiario con incapacidad:

  • Nombramiento de tutor

Para hijos mayores de edad:

  • Constancia de Estudios de cualquier rama del conocimiento en planteles oficiales o reconocidos

El costo del trámite es gratuito y, para realizarlo en línea, da clic en el siguiente link

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